Justificante de levante para duas de importación, dvd y exportación
Enviado por Editorial el Vie, 27/04/2012 - 14:00
Informa la AEAT que a partir del próximo 7 mayo de 2012 se generará el justificante de levante en formato PDF para la totalidad de duas de importación, DVD y exportación que cumplan las condiciones para el levante. Asimismo el documento que se generaba hasta ahora como justificante de levante de los DUAs de importación y exportación de particulares grabados mediante formulario se adaptan a este nuevo modelo de justificante.
Este justificante será consultable en la Sede Electrónica de la A.E.A.T. -> mis expedientes.
¿Cuando se realizará el justificante de levante?
a) Para dua de importación:
- Cuando el dua se encuentre totalmente despachado y se permita el levante: despacho con garantías o despacho + pago de la deuda para los que son de pago previo.
- En caso de duas – Vexcan: cuando en ambas administraciones A.E.A.T. y A.T.C. el dua se encuentre totalmente despachado.
b) Para DVD:
- Cuando el DVD se encuentre despachado.
- Para DVD-Vexcan, cuando en ambas administraciones se encuentre totalmente despachado.
c) Para exportación:
- Cuando la exportación se encuentre despachado.
- Para Exportación-Vexcan, cuando en ambas administraciones se encuentre totalmente despachado.
Fuente: AEAT.