Medidas tributarias urgentes en Illes Balears
Enviado por Editorial el Lun, 14/05/2012 - 13:46En fecha de 12 de mayo de 2012 se ha publicado, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, la Ley 3/2012, de 30 de abril, de medidas tributarias urgentes.
La ley se divide en dos capítulos, estando el capítulo I dedicado a los tributos cedidos. Con respecto al mencionado capítulo I, se pueden destacar, en la sección segunda, dedicada al IRPF, la equiparación del porcentaje de inversión en vivienda habitual al aplicable en el tramo estatal; la nueva regulación de la deducción autonómica para el fomento del autoempleo; y la introducción de una nueva deducción en concepto de inversión, dirigida a los denominados ángeles inversores, para adquirir acciones o participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
En la sección tercera, dedicada al Impuesto sobre el patrimonio, también se adopta una medida técnica de equiparar el mínimo exento al estatal, con carácter temporal para los ejercicios de 2011 y de 2012.
En la sección cuarta, relativa al ISD, se regula de nuevo la reducción relativa a las donaciones dinerarias de padres a hijos o a otros descendientes o parientes colaterales para constituir una empresa, cuando se creen nuevos puestos de trabajo, y se crea una nueva reducción por la creación de empresas y empleo en las adquisiciones de dinero por causa de muerte; asimismo, se modifican los coeficientes aplicables a la cuota íntegra con respecto a las personas que integran el grupo III en la parte de este grupo relativa a los colaterales por afinidad de segundo y tercer grado, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo.