El Consejo de la UE revisa la lista de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales
La UE sigue promoviendo la competencia fiscal leal y luchando contra las prácticas fiscales perjudiciales. El Consejo ha adoptado hoy unas Conclusiones sobre la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales, en las que ha decidido mantener en la lista a los siguientes países: Fiyi, Guam, Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Palaos, Panamá, Samoa, Samoa Americana, Trinidad y Tobago, y Vanuatu.
El Consejo lamenta que esos países y territorios sigan sin cooperar a efectos fiscales y les invita a colaborar con el Grupo «Código de Conducta» para resolver los problemas detectados.
En la lista revisada (anexo I) solo figuran los países y territorios que, o bien no han entablado un diálogo constructivo con la UE sobre gobernanza fiscal, o bien no han cumplido su compromiso de introducir las reformas necesarias. Esas reformas deben tener como objetivo respetar una serie de criterios objetivos de buena gobernanza fiscal, en particular en relación con la transparencia fiscal, la equidad fiscal y la aplicación de las normas internacionales concebidas para prevenir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.
Compromisos adicionales de los países y territorios cooperadores
Además de la lista de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales, el Consejo ha aprobado el documento habitual sobre la situación actual (anexo II), que refleja la cooperación en curso de la UE con sus socios internacionales y los compromisos de esos países de reformar su legislación para atenerse a las normas acordadas en materia de buena gobernanza fiscal. Su objetivo es reconocer la labor constructiva que se está llevando a cabo en el ámbito de la fiscalidad, y fomentar el planteamiento positivo que han adoptado los países y territorios cooperadores para dar cumplimiento a los principios de buena gobernanza fiscal.
Varios países han contraído compromisos, en particular en relación con las recomendaciones del Foro sobre Prácticas Fiscales Perjudiciales de la OCDE relativas a la aplicación efectiva de los requisitos de fondo o la aplicación de la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios de la OCDE y la norma mínima de presentación de informes por país (CbCR). Otros países también están tomando medidas para reformar sus regímenes fiscales preferenciales o seguir mejorando su legislación. Las actualizaciones se reflejan en el informe del Grupo «Código de Conducta», que también ha sido aprobado por el Consejo.
Contexto
La lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales se creó en diciembre de 2017. Forma parte de la estrategia exterior de la UE en materia de fiscalidad y tiene como objetivo contribuir a la labor que se está realizando para fomentar la buena gobernanza en el ámbito fiscal en todo el mundo.
Se evalúa a los países y territorios sobre la base de un conjunto de criterios establecidos por el Consejo en 2016. Estos criterios abarcan la transparencia y la equidad fiscales y la aplicación de normas internacionales destinadas a evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. La lista es un documento dinámico que desde 2020 el Consejo actualiza dos veces al año. La próxima revisión de la lista está prevista para octubre de 2022.
La lista se incluye en el anexo I de las Conclusiones del Consejo sobre la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. En las Conclusiones también figura un documento sobre la situación actual (anexo II), en el que se identifican los países y territorios cooperadores que han introducido nuevas mejoras en sus políticas fiscales o en la cooperación en este ámbito.
Las decisiones del Consejo las prepara el Grupo «Código de Conducta» del Consejo, que también se encarga de supervisar las medidas fiscales en los Estados miembros de la UE. El presidente del Grupo mantiene un diálogo periódico con los países y territorios afectados. El Grupo «Código de Conducta» publica más información acerca de sus trabajos en su informe para el Consejo.
Fuente: Consejo de la UE (24/02/2021)