Castilla y León modifica alguna de sus deducciones en el IRPF
El Boletín Oficial de la Castilla y León ha publicado la Ley 1/2023, de 24 de febrero de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.
Centrándonos en el IRPF, y con efectos desde el 1 de enero de 2023 se adoptan las siguientes medidas:
Se amplía la deducción para las familias numerosas, que pasa de 500 euros a 600 euros con carácter general y se modifica el sistema previsto para familias con más de cuatro descendientes, que anteriormente sumaba 820 euros por cada descendiente a partir del 4º inclusive, y que con efectos desde el 1 de enero de 2023 pasa a ser de 1.500 euros para familias con cuatro descendientes, 2.500 euros para familias con cinco descendientes y un incremento de 1.000 euros por cada descendiente a partir del 6º. Estas cantidades se incrementarán en 600 euros cuando alguno de los cónyuges o descendientes a los que se compute para cuantificar el mínimo por descendiente tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%, anteriormente se establecía un incremento de 500 euros respecto a la deducción general.
En materia de la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda por menores de 36 años en municipios con menos de 10.000 habitantes, o 3.000 si dista menos de 30 kilómetros de la capital de provincia, la deducción se aplicará a quienes adquieran o rehabiliten una vivienda a partir del 1 de enero de 2023, ampliando los límites desde los 135.000 euros hasta los 150.000 euros para el valor de la casa y de 9.040 euros a 10.000 el tope de la deducción.
En relación con lo anterior, se añade una nueva disposición transitoria al Texto Refundido aprobado por el Decreto-Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, que permite que quienes hubieran adquirido o rehabilitado una vivienda con anterioridad al 1 de enero de 2023 conserven el derecho a aplicar la deducción vigente al tiempo de la adquisición o rehabilitación con sus respectivos requisitos, con la salvedad de la ampliación de la deducción, que, como en la actual, pasará a estar limitada a 10.000 euros anuales.
Respecto a la deducción por alquiler de vivienda habitual por menores de 36 años, se incluye una nueva limitación a la deducción para evitar que el contribuyente que reciba ayudas públicas en concepto de arrendamiento de la vivienda supere el límite general de 459 euros o el incrementado de 612 euros en el mundo rural.
Por último, se excluye a las deducciones para familias numerosas y por nacimiento o adopción de hijos del límite en la base imponible para su aplicación, fijado para el resto deducciones, con salvedades, en 18.900 euros en tributación individual o 31.500 euros en tributación conjunta.