Medidas para paliar los daños generados por los incendios forestales
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley, a propuesta conjunta de varios Ministerios, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños sufridos en las personas y los bienes afectados por los incendios forestales y otras catástrofes naturales que se han producido durante los meses de junio, julio y agosto en distintas Comunidades Autónomas. También se aplicarán a siniestros de características similares que puedan producirse hasta el 1 de noviembre.
Se contemplan exenciones para los afectados en el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y reducciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Se aplaza sin intereses el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de empresas y trabajadores por cuenta propia afectados por los siniestros.
Medidas fiscales
Se procederá a una exención en el pago del Impuestos sobre Bienes Inmuebles correspondientes a 2012 de aquellas viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, explotaciones agrarias y forestales, locales de trabajo y similares, que hayan sido dañados como consecuencia directa de los siniestros. En esta misma línea se llevará a cabo una reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Estarán exentas las tasas de la Jefatura Central de Tráfico en la tramitación de las bajas de vehículos solicitadas como consecuencia de los daños producidos por los siniestros, y la expedición de duplicados de permisos de circulación o de conducción destruidos o extraviados por estas causas.
La disminución de ingresos en tributos locales que producirán estas medidas será compensada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Fuente: La Moncloa