Medidas tributarias aprobadas en la Ley de Presupuestos y medidas fiscales de Galicia para 2023 en materia de IRPF, IP, ISD, tributos del juego y tasas autonómicas
En el Diario Oficial de Galicia de hoy, 30 de diciembre de 2022 se han publicado la LEY 6/2022, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023 y la LEY 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
La LEY 7/2022 contiene distintas medidas tributarias que persiguen reducir y distribuir la carga tributaria, ante la elevada inflación provocada por el encarecimiento de la energía, de los alimentos y de otros productos que reduce el poder adquisitivo de las personas contribuyentes de Galicia. Así en el ámbito del IRPF, se rebajan los tipos de gravamen, se actualizan los mínimos personal y familiar y se crea una nueva deducción de 250 euros para los contribuyentes con dos hijos, que se equipara así al de las familias numerosas. Por otro lado se eleva la bonificación del IP hasta el 50 % y se modifica la reducción por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica y de participaciones en entidades en ambas modalidades del ISD.
Así en materia de IRPF, destaca la reducción del tipo aplicable al tramo de la tarifa, que pasa del 9,4 % al 9 %, con efectos desde el 1 de enero del 2022, rebajando de nuevo con el objetivo de beneficiar nuevamente a las rentas más bajas. Con la misma finalidad, se actualiza en ese porcentaje la tarifa aplicable a los tres primeros tramos de la escala autonómica, y, además, resulta necesario actualizar los mínimos personal y familiar, dado que disminuyen la cuota, incrementándolos en el mismo porcentaje del 4,3 %, con el fin de corregir la denominada «progresividad en frío», evitando el impacto que, para los perceptores de rentas, en su mayor parte procedentes del trabajo, suponen los aumentos salariales que tienen por finalidad compensar el incremento del IPC, tratando de evitar que vean incrementados sus impuestos cuando no disponen de mayor renta ni de una mayor capacidad económica y que, dada la progresividad del impuesto, los contribuyentes tributen en tramos superiores de la tarifa. Se establece para 2023 una nueva deducción de 250 euros para los contribuyentes con dos hijos, que se equipara así al de las familias numerosas con el mismo número de hijos o hijas, y, por otra parte, se incrementa la actual deducción aplicable a las familias numerosas, de modo que a partir de la tercera hija o hijo la deducción aumenta en 250 euros por cada hija o hijo.
En relación con el Impuesto sobre el Patrimonio, continuando con la senda iniciada en el año 2022, se modifica la bonificación del impuesto, pasando de un 25 % a un 50 % de la cuota, con el objetivo de adaptarnos de manera progresiva a nuestro entorno de la UE, de incentivar el mantenimiento del patrimonio, de no penalizar el ahorro y de favorecer las inversiones estratégicas en Galicia.
En lo que se refiere al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se modifica, en ambas modalidades del impuesto, la reducción por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica y de participaciones en entidades y se abre la posibilidad de que determinados activos de tipo financiero puedan considerarse afectos para no penalizar la retención que hagan las empresas de su beneficio con el fin de acometer en el futuro nuevas inversiones.
Finalmente, tras las consecuencias negativas de la pandemia en el sector del juego, con el objeto de que la actividad pueda recuperarse paulatinamente manteniendo el empleo, se acomete una reducción del tipo de gravamen de la tasa fiscal sobre el juego del bingo, que pasa del 50 % al 30 %, asociado al mantenimiento de la plantilla media de personal durante todo el período impositivo con respecto al inmediato anterior.
Finalmente, en el ámbito de los tributos propios se establece que los tipos de las tasas de cuantía fija no experimentarán ninguna actualización respecto de las cuantías exigibles en el momento de la entrada en vigor de esta ley y, se crean nuevas tasas y se modifican algunas vigentes.
En la Ley 6/2022 de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023 se incluye un único precepto para establecer los criterios de afectación del impuesto sobre el daño medioambiental causado por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada y el canon eólico.