Proyecto de orden por la que se modifica el modelo 322, correspondiente al régimen especial del grupo de entidades en el IVA, y el modelo 390

Proyecto de orden por la que se modifica el modelo 322, correspondiente al régimen especial del grupo de entidades en el IVA, y el modelo 390 del IVA. Primer plano de un hombre de negocios sentado en un escritorio concentrado en inspeccionar con fluidez el trabajo con su computadora portátil y varios documentos sobre la mesa en la oficina

El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden que modifica la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre.

Esta orden tiene por objeto introducir modificaciones de carácter técnico en el modelo 322 de autoliquidación mensual individual de grupo de entidades y en el modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA.

El Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2024 la aplicación de tipos impositivos reducidos a determinadas entregas de alimentos.

Consecuencia de las modificaciones introducidas en materia de tipos impositivos, a partir de 1 de octubre coexistirán seis tipos impositivos y seis tipos de recargo de equivalencia mientras que el diseño del vigente modelo 322 solo permite la declaración de cinco tipos impositivos y cuatro tipos de recargo de equivalencia.

Con objeto de adaptar el modelo 322 a la nueva estructura de tipos se introducen en el mismo las casillas necesarias para los nuevos tipos impositivos y los nuevos tipos de recargo de equivalencia.

Por otra parte, a lo largo del ejercicio 2024 habrán estado en vigor siete tipos impositivos y ocho tipos de recargo de equivalencia mientras que el diseño del vigente modelo 390 únicamente permite declarar cinco tipos impositivos y seis recargos.

Por ello, esta orden procede a la modificación del modelo 390 para permitir la declaración de todos los tipos impositivos y tipos de recargo de equivalencia vigentes a lo largo de 2024.

Esta orden consta de dos artículos, una disposición final única y dos anexos.

La presente orden entrará en vigor el 1 de noviembre de 2024 y se aplicará por primera vez, en el caso del modelo 322, a la autoliquidación correspondiente a octubre de 2024, y en el caso del modelo 390, a la declaración-resumen anual correspondiente a 2024.