Modelo 582: Impuesto sobre Hidrocarburos: Regularización por reexpedición de productos a otra Comunidad Autónoma

Modelo 582: Impuesto sobre Hidrocarburos: Regularización por reexpedición de productos a otra Comunidad Autónoma

El 1 de abril se ha abierto el plazo de presentación del Modelo 582: Impuesto sobre Hidrocarburos: Regularización por reexpedición de productos a otra Comunidad Autónoma.

 https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DI06.shtml

El modelo 582 sólo deberá ser presentado por aquellos que tengan la condición de reexpedidores de acuerdo con la definición contenida en el artículo 1.13 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio. No será necesaria su presentación cuando en el período de liquidación correspondiente no se hayan realizado reexpediciones a otras Comunidades Autónomas.

Se han creado dos trámites de apoderamiento específicos para la presentación y consulta de este modelo:

  • 582C Consulta del modelo 582. Impuesto de Hidrocarburos. Reexpedidores
  • 582P Presentación del modelo 582. Impuesto de Hidrocarburos. Reexpedidores

Fuente: AEAT (04/04/2013)