Navarra aprueba nuevas medidas tributarias para paliar los efectos del COVID- 19 para los sectores del turismo y la hostelería, ocio nocturno y las salas de juego
La evolución del COVID-19 durante el año 2021 ha obligado al Gobierno de Navarra a tomar medidas restrictivas que han afectado especialmente a la hostelería y restauración, así como a bingos y salones de juego., por ello mediante esta norma se adoptan distintas medidas tributarias para responder a la incidencia de la COVID-19 en el ámbito de determinadas actividades económicas, como son la reducción del 35 por 100 de la cuota anual de los tributos del juego (reducción del 50 por ciento en los tres trimestres restantes) y la exención en el IRPF e IS de las ayudas a los sectores del turismo y la hostelería, ocio nocturno, comercio al por mayor vinculado a las anteriores actividades y la de servicios de organización de congresos y asambleas.
En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 15 de junio de 2021, se ha publicado el DECRETO-LEY FORAL 5/2021, de 2 de junio, por el que se aprueban medidas tributarias para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), en el ámbito de determinadas actividades económicas que como la hostelería y la restauración y locales de juego se han visto restringidas durante la pandemia y en el que se establece la exención en el IRPF e IS de las ayudas a los sectores del turismo y la hostelería, ocio nocturno, comercio al por mayor vinculado a las anteriores actividades y la de servicios de organización de congresos y asambleas.
Desde que se produjo la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19, declarada como pandemia internacional por parte de la Organización Mundial de la Salud, y del estado de alarma declarado en todo el territorio español por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el Gobierno de Navarra ha venido aprobando y adoptando medidas de diferente naturaleza, cuyo propósito ha sido paliar las graves consecuencias ocasionadas por la emergencia sanitaria, y entre ellas cabe destacar las adoptadas en el ámbito tributario, en virtud de las competencias atribuidas por el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus.
Desde el 1 de enero hasta el 9 de mayo de 2021 (fecha en que finaliza el estado de alarma), se han ido intercalando periodos con restricciones en los interiores de los establecimientos de hostelería, con otros en los que el servicio en interiores no era posible, y en el caso de bingos y salones de juegos han supuesto el cierre y la paralización de la actividad. La utilización Las máquinas “tipo B” o recreativas con premio a que se refiere el artículo 9.2 de la Ley Foral 27/2016, de 28 de diciembre, por la que se regulan los Tributos sobre el Juego en la Comunidad Foral de Navarra, se localizan en los interiores de bares y restaurantes, así como en bingos y salones de juego por los clientes se ha visto afectada por las restricciones establecidas. La explotación de estas máquinas está sujeta a los tributos sobre el juego regulados en la Ley Foral 27/2016, estableciéndose una cuota anual que se reparte en cuatro pagos trimestrales, por lo que resulta oportuno ajustar dicha cuota reduciéndola un 35 por 100. Dado que ya se ha realizado el pago de la cuota correspondiente al primer trimestre de 2021, habría que repartir la reducción en los tres trimestres restantes, lo que representaría una reducción en las cuotas de cada uno de ellos del 46,67 por 100. Por todo ello, se considera adecuado establecer una reducción del 50 por 100 en las mencionadas cuotas trimestrales.
Asimismo, se establece la exención en el IRPF e IS de las ayudas a los sectores del turismo y la hostelería, ocio nocturno, comercio al por mayor vinculado a las anteriores actividades y la de servicios de organización de congresos y asambleas.
Finalmente, en esta norma se prevé la posibilidad de modificar las bases reguladoras de determinadas subvenciones concedidas, sin alterar las cantidades concedidas, para garantizar que las federaciones deportivas de Navarra puedan percibir dichas cantidades de manera íntegra, ya que muchas de las actividades programadas no han podido desarrollarse como consecuencia de las restricciones ocasionadas por el COVID-19, lo que ha supuesto una importante reducción de ingresos por parte de estas federaciones, afectando a su funcionamiento y al cumplimiento de sus fines, y la imposibilidad de percibir parte de las subvenciones pondría en peligro la viabilidad de las propias federaciones.