Proyecto de Orden de aprobación del modelo 113
Se ha publicado en la página web de la AEAT, el Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 113 de “Comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro Estado Miembro de la Unión Europea, o del Espacio Económico Europeo con el que exista un efectivo intercambio de información tributaria”, que deberá ser presentada por los contribuyentes del IRPF cuando pierdan su condición por tal motivo, en el plazo comprendido entre la fecha del desplazamiento y la fecha de finalización del plazo de declaración del Impuesto correspondiente al primer ejercicio en que el contribuyentes no tuviera tal condición como consecuencia del cambio de residencia, debiéndose comunicar las variaciones de domicilio en el plazo de 2 meses desde que se produzcan.
El referido modelo deberá contener los siguientes datos, que se referirán a cada contribuyente, de forma individual:
- La opción por la aplicación de las especialidades previstas en el apartado 6 del artículo 95 bis.
- La ganancia patrimonial puesta de manifiesto.
- El mantenimiento de la titularidad de las acciones o participaciones.
- La identificación de las acciones o participaciones que dan lugar a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia, así como el porcentaje de titularidad
- El valor de mercado de las acciones o participaciones a que se refiere el apartado 3 del artículo 95 bis de la Ley del Impuesto.
- El Estado al que se traslada la residencia, con indicación del domicilio, así como las posteriores variaciones en el domicilio.
En cuanto a las formas de presentación de la comunicación, la misma podrá realizarse por cualquiera de las formas previstas en la letra a) del artículo 19 de la Orden HAP/2194/2013, 22 de noviembre, siendo estas aplicables desde el 1 de enero de 2013. Hasta dicha fecha las solicitudes se presentarán utilizando los modelos de comunicación, imprimibles y rellenables, que estarán disponibles en la Sede electrónica de la AEAT en Internet, www.agenciatributaria.es, y se presentarán presencialmente en las oficinas de registro de la AEAT, o por correo certificado, dirigidas a la Delegación o Administración de la AEAT correspondiente al último domicilio fiscal del contribuyente.
Fuente: AEAT (02/10/2015)