El socio y administrador que no ejerce funciones directivas se incluirá en la plantilla a efectos de aplicar el tipo reducido en el IS por creación o mantenimiento de empleo
El hecho de ostentar una persona la condición de socio, e incluso administrador de la sociedad, no impide que se pueda considerar como miembro de la plantilla (Vid consulta DGT de 23 de diciembre de 2011, V3047/2011). A efectos de determinar si ha habido creación o mantenimiento de empleo se excluyen las personas que ejercen de administrador y poseen un control efectivo de la entidad. Pero si se acredita a través de prueba testifical que el socio y administrador, pese a poseer el 25% de la entidad, no ejercía funciones directivas, pues solo efectuaba trabajos bajo las órdenes de su padre y socio mayoritario, tal persona se incluye dentro de la plantilla de la empresa.
(Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 15 de noviembre de 2017, recurso n.º 126/2016)