La reinversión de beneficios extraordinarios se produce con la puesta a disposición del bien reinvertido
En el caso de la compra de un inmueble mediante escritura pública en la que se permite al vendedor seguir poseyendo la finca hasta una fecha determinada, a la hora de determinar el plazo de reinversión , la Inspección considera que la transmisión de la propiedad y la puesta a disposición se produjeron en la fecha en que se termina la posesión del vendedor, por lo que consideró que se había incumplido el plazo de reinversión establecido en la norma. Sin embargo, aplicando las normas sobre entrega de la cosa y transmisión de la propiedad del Derecho Civil, la transmisión y puesta a disposición se producen con la firma de la escritura, por lo que se da la razón al recurrente pues en esa fecha no se había incumplido el plazo de reinversión.
(Audiencia Nacional, 23 de marzo de 2018, recurso n.º 105/2016)