Irregularidad de rentas de la actividad económica en el IRPF

Análisis de las SSTS de 19 y 20 de marzo de 2018, recs. núms. 2070/2017 y 2522/2017, respectivamente

A través de las siguientes páginas se efectuará un comentario sobre las recientes Sentencias del Tribunal Supremo de 19 y 20 de marzo de 2018, que fijan doctrina acerca de las condiciones para aplicar la reducción por irregularidad en los rendimientos de actividades económicas sujetos al IRPF. La trascendencia de la jurisprudencia que estas sentencias suponen se comprueba si se tiene en cuenta la alta conflictividad que ha existido en los últimos años en esta materia, que ha dado lugar a resoluciones judiciales contradictorias y hasta a un cambio normativo cuyo único objetivo era combatir la previa jurisprudencia que ya había marcado el Tribunal Supremo en resoluciones de 2004 y 2008.

Esaú Alarcón García
Profesor de la Universidad Abat Oliba-CEU
Académico correspondiente de la RAJyL

Sumario

1. Supuesto de Hecho
2. Doctrina del Tribunal

2.1. Tributación de las rentas irregulares en el IRPF
2.2. Idas y vueltas del debate acerca de la irregularidad de las rentas de la actividad económica
2.3. Análisis de las Sentencias del Tribunal Supremo de 19 y 20 de marzo DE 2018

3. Comentario crítico

Referencias bibliográficas

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 423 (junio 2018)