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Exención por reinversión en vivienda habitual

Hola. Mi caso es el siguiente.

Tengo una vivienda en propiedad en Barcelona adquirida en 2002. Después de tres años como vivienda habitual, me mudé a Palma de Mallorca por cuestiones laborales, por lo que lo puse en alquiler. A su vez, yo estoy viviendo en Palma también de alquiler.

La cuestión es que el año que viene voy a volver otra vez a Barcelona y desearía vender el piso que tengo allí para comprar otro, una vez finalice el contrato con el actual inquilino. Mi pregunta es, ¿puedo acogerme a la exención por reinversión en vivienda habitual directamente o tengo que volver a residir en mi antiguo piso en propiedad otros tres años antes de venderlo? Es un poco absurdo que si el piso ya ha sido mi vivienda habitual y es de mi propiedad, tenga que volver a habitar otros tres años para acogerme a la exención, pero quería estar seguro al respecto.

Por otro lado, en el caso de la venta del inmueble, existen unos factores de corrección para calcular la ganancia de la venta del inmueble.¿donde podria encontrarlos?

Gracias