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Usufructo y nuda propiedad

Padre con el 100% del usufructo de una vivienda, hijo con el 100% de la nuda propiedad.
Venden la vivienda, el padre su usufructo y el hijo la nuda propiedad.
Cuando hacen la declaración de renta (2007)¿la ganancia patrimonial es al 50%?

La ganancia patrimonial se prorratea entre padre e hijo en la misma proporción que hay entre el los valores del usufructo y de la nuda propiedad.