Gipuzkoa aprueba medidas tributarias adicionales que afectan al IS, ITP y AJD y al procedimiento de aplicación de los tributos y al intercambio de información tributaria tras el Covid-19
Gipuzkoa aprueba medidas tributarias adicionales que afectan al IS e ITP y AJD. Se posibilitan las actuaciones a través de videoconferencia u otros sistemas similares en los procedimientos de aplicación de los tributos y se difiere la presentación y el intercambio de información tributaria
En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 22 de julio de 2020, se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 6/2020, de 21 de julio, sobre medidas tributarias adicionales tras la emergencia sanitaria del Covid-19, que establece cuatro medidas adicionales, que permiten dar continuación a las modificaciones tributarias surgidas de las últimas medidas aprobadas en territorio común como consecuencia del Covid-19.
La primera de las medidas posibilita la presentación hasta el 25 de noviembre de 2020 de declaraciones complementarias o nuevas autoliquidaciones del Impuesto sobre Sociedades cuando las cuentas anuales hayan sido aprobadas en el plazo previsto en el art. 40 del REAL DECRETO-LEY 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, el cual establece plazos extraordinarios de formulación, verificación y aprobación de las cuentas anuales de las personas jurídicas de derecho privado. Esta posibilidad en ningún caso debe suponer que las segundas autoliquidaciones tengan efectos preclusivos, pudiendo el impuesto ser objeto de comprobación plena.
La segunda de las medidas, contempla una exención en el ITP y AJD aplicable a las escrituras de formalización de las moratorias previstas en: el art.13.3 del REAL DECRETO-LEY 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19; el art, 24.2 del REAL DECRETO-LEY 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19; los arts. 3 a 9 del REAL DECRETO-LEY 25/2020, de 3 de julio, de 2020; así como para las moratorias convencionales concedidas al amparo de Acuerdos marco sectoriales adoptados como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 previstas en el art. 7 del REAL DECRETO-LEY 19/2020, de 26 de mayo.
En tercer lugar se considera preciso modificar la NORMA FORAL 2/2005, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, para posibilitar la realización de actuaciones a través de videoconferencia u otros sistemas similares en los procedimientos de aplicación de los tributos, a fin de favorecer el ejercicio de derechos y el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Por otro lado, el Consejo de la Unión Europea ha aprobado la DIRECTIVA (UE) 2020/876 del Consejo de 24 de junio de 2020, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE para hacer frente a la urgente necesidad de diferir determinados plazos para la presentación y el intercambio de información tributaria a causa de la pandemia de Covid-19, y en virtud de la misma, se considera conveniente modificar la misma en los términos habilitados en la nueva Directiva. Así mismo, se ha observado que en esta coyuntura la actividad administrativa se ha ralentizado. La emisión del Informe para la aplicación del incentivo fiscal no se está realizando con la celeridad debida, es por ello que con el objeto de no perjudicar la liquidez de las empresas dedicadas a la producción de largometrajes y obras audiovisuales, se permite la presentación del informe en un momento posterior a la aplicación de la deducción.
La cuarta y última de las medidas establece una exención que comprende las operaciones y actos derivados directa o indirectamente de la aplicación del art. 2.11 del REAL DECRETO-LEY 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar el empleo, que crea un fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, no financieras, que atraviesan severas dificultades de carácter temporal a consecuencia de la pandemia del Covid-19.