Incremento del gasto deducible por movilidad geográfica también en caso de realizarse el traslado desde el extranjero

La DGT analiza el incremento de 2.000 euros del gasto deducible por aceptación de un puesto de trabajo que exige traslado del art. 19.2.f) de la Ley 35/2006 (Ley IRPF), desde el punto de vista de una contribuyente que ha trabajado en Suiza y que ha regresado a España para buscar empleo. En concreto, hasta mediados de 2018 ha trabajado en Suiza pero en septiembre de dicho año se inscribió como demandante de empleo y empezó a trabajar en un puesto de trabajo en Barcelona, motivo por el que se ha trasladado desde Ginebra.

En este caso, caben dos situaciones en función de si la contribuyente ha sido residente en Suiza o no. Si la contribuyente ha sido residente fiscal en Suiza en 2018, como no tenía la condición de contribuyente del IRPF en dicho período, no puede aplicar el incremento de gasto deducible por movilidad geográfica regulado en el segundo párrafo del art. 19.2.f), puesto que no presenta en 2018 declaración de IRPF en España. Pero siendo residente fiscal en España en 2019, dicha persona, a pesar de que no tiene derecho a la aplicación del incremento en el ejercicio 2018 -que es el ejercicio en que se produce el cambio de residencia-, sí que tiene derecho a aplicarlo en 2019. De esta forma, se estaría dando cumplimiento a lo establecido en el mencionado artículo que establece que el incremento de gasto deducible será de aplicación en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.

Por el contrario, si la contribuyente resultase ser residente fiscal en España en 2018, se entenderían cumplidos los requisitos exigidos para la aplicación del incremento en 2018 -año en que se produce el cambio de residencia-, y en el ejercicio siguiente, 2019.

(DGT, de 09-07-2020, V2352/2020)