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EPIGRAFE IAE

LLEVO BASTANTE TIEMPO INTENTANDO LOCALIZAR EL EPIGRAFE EN EL QUE DEBERIA DARME DE ALTA PARA REALIZAR VENTA DE MATERIAL INFORMATICO Y PAPELERIA SIN ESTABLECIMIENTO FISICO, SOLO A TRAVES DE INTERNET MEDIANTE PAGINA WEB. UNOS ME COMENTAN QUE POR MODULO Y QUE SERIA EL 659.9, OTROS QUE POR MODULO NO SE PUEDE QUE ES POR ESTIMACION DIRECTA, Y EN HACIENDA QUIENES ME HAN ATENDIDO, CREO QUE TAMPOCON LO TIENEN MUY CLARO. ¿ALGUIEN ME PODRIA AYUDAR?. GRACIAS

Hola Ppillo, en el servicio de información telefónica de la AEAT verás que te comentarán que los epígrafes del IAE de la agrupación 65 (el 659.9 está ahí) es el del Comercio al menor(...)realizado en ESTABLECIMIENTO PERMANENTE regulado por el Real Decreto Legislativo 1175/1990 del IAE en principio no te permitiría encuadrarte en ese epígrafe, precisamente porque la actividad que comentas no se realiza a través de un local comercial. El que seguramente te sugerirán (aunque la norma no lo deja claro, cuidado, por eso en la Agencia no te lo han confirmado) sería alguno de la agrupación siguiente, la 66 (Comercio al menor (...) FUERA DE ESTABLECIMIENTO PERMANENTE) y concretamente el epígrafe 665 que es el de Comercio al menor por correo o catálogo ya que las ventas hechas exclusivamente a través de una página web para hacer llegar al cliente el pedido son eso: por catálogo. Pero es verdad que la Dirección General de Tributos no ha acabado nunca de pulir esta cuestión. Y claro, por módulos no podrías estar, lo cual es lógico, porque la venta minorista desde establecimiento tiene un elemento imprescindible para el cálculo de los módulos que tu no tendrías ahí: la superficie del local comercial. Lo que no hay problema para estar en módulos es si tienes una tienda de venta al público y además vendes por internet, ya que la D.G.de Tributos, ahí sí que se ha pronunciado y dice que puedes vender por internet si tienes tienda y seguir en módulos.