herencia, donación o compra-venta
Enviado por mueblesrosa el Mié, 04/02/2009 - 11:10
Fiscálmente ¿Qué conviene más? Una herencia o una donación o una compra venta en vida.
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Fiscálmente ¿Qué conviene más? Una herencia o una donación o una compra venta en vida.
Entiendo que tú vas a ser
Entiendo que tú vas a ser la adquirente y que se trata de un inmueble. Entonces depende de qué ley autonómica se aplique:
Para la compra y la donación, se aplica la ley del lugar de situacion del inmueble.
-En la compra a un particular, vas a pagar el impuesto de transmisiones, que para inmuebles suele estar en el 7%.
-En la donación, también varía dependiendo del parentesco con el donante. Por ejemplo, en Galicia, donde yo resido, de padres a hijos, hasta 200.000 euros, es el 5%
Para la sucesión, se aplica la ley del domicilio del causante(fallecido), y de padres a hijos suele haber un tratamiento muy ventajoso. En ciertas comunidades autónomas se admiten los llamados pactos sucesorios, por los que se transmiten bienes en vida pero se considera un anticipo de herencia, y tributan como sucesión.
Por último, para sucesiones y donaciones hay exenciones o bonificaciones para ciertos casos como la transmisión de vivienda habitual o de participaciones en empresas.
En definitiva, hay que tener en cuenta qué comunidad autónoma va a liquidar, para saber qué es lo más ventajoso
la comunidad autónoma a la
la comunidad autónoma a la que pertenezco es Andalucia. A ver si me puede ayudar con esta duda. GRACIAS
La cuestión básica es
La cuestión básica es ¿dónde está el inmueble?
Si el inmueble está en Madrid, por ejemplo, se le aplicarían las bonificaciones de la Comunidad de Madrid en el Impuesto de Donaciones. Únicamente tributaría por el 1% de la cuota. Y esto con independencia de la residencia de donante y donatario.
Para donación de dinero se estaría al domicilio fiscal del
donatario para la aplicación de la bonificación.
En cualquier caso, tanto en compra-venta como en donación se producirá una ganancia o pérdida patrimonial en IRPF en el transmitente en función de los valores de adquisición y transmisión del inmueble.
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