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Herencia: vecindad de un español no residente, sujetos pasivos extranjeros

Hola;

mi padre falleció hace 4 meses, no era residente en españa pero tenia algunas propiedades en españa (en regimen de gananciales con mi madre) (las propiedades estan en andalucia, cataluña y galicia). su ultima vecindad española es de andalucia.

Se que aunque los herederos (mi madre, mi hermano y yo) seamos extranjeros estamos obligados a tributar por sucesiones por los bienes radicados en españa,

La pregunta es en que comunidad deberíamos pagar el impuesto? se nos aplicarian las reducciones de la comunidad en la que deberíamos pagar???

saludos y gracias anticipadas

Ya me respondo yo misma

se nos aplica la norma estatal.

En efecto, se aplica la norma estatal y únicamente tendrías
derecho a las reducciones por parentesco. (15.956,87 €) para Grupo II (cónyuge y descendendientes mayores de 21 años).

La liquidación del Impuesto de Sucesiones se presenta obligatoriamente en el Registro de Documentos de la Administración de la AEAT en Guzmán El Bueno, nº 139.

Si resulta cuota a pagar (que dado que hay 3 inmuebles apunta a que sí), el pago del impuesto requiere que los interesados dispongan de Etiquetas Fiscales de la AEAT, debiendo realizarse el pago siempre a través de una entidad bancaria colaboradora de la AEAT.

El modelo lo puedes descargar en pdf en la web de la AEAT
(modelos y formularios) es el modelo 652 (simplificado), también se puede usar el 650. Aunque lo más habitual es usar el 652.