Banner Cursos CEF.- Tributación

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

ES POSIBLE??

Mi novio y yo tenemos un piso al 50% en cantabria y estamos empadronados alli.Dejamos la relacion.Mi novio a traves de la extincion del condominio me cede su parte para q yo me quede en el piso.A cambio yo le revierto una cantidad de dinero.
Mis padres viven en el pais vasco.Ellos quieren darme ese dinero q le voy a dar yo a mi novio mas la cantidad q necesito para cancelar mi hipoteca(q esta suscita en una caja de ahorros de Bizkaia).Es posible q me den ese dinero,las dos canidades,a traves de la donacion ya q en el Pais Vasco es gratuita?podria no ser gratuita porq yo vivo en cantabria?Hay q demostrar o explicar a hacienda en q he utilizad yo ese dinero o una vez q me lo donan puedo hacer lo q quiera con el?
En caso de q posteriormente se venda el piso kiero devolverles ese dinero.podria acojerme yo tambien a la donacion?Ellos tendrian q pagar algo a Hacienda por recibir ese dinero?
Una ultima pregunta.en caso de q venda el piso,yo seria unica propietaria y sin credito.Me podrian decir q gastos fiscales me ocasionaria esa venta?
Gracias

meco
En la donación de dinero, se aplica la ley de la residencia del donatario,por lo cual cuando tus padres te donen no se aplica la exención vasca. Ésta sí se aplica cuando tú se lo devuelvas, por la misma razón (residencia del donatario).
Una vez que tengas el dinero, puedes aplicarlo a lo que quieras, pues hacienda sólo se metería si viera algo raro en tu patrimonio, es decir, si aprecia que posees un dinero no justificado