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obligaciones del pago del incremento patrimonial por la venta de la vivienda habitual.

En el 2003 compre una vivienda con otra persona, en el 2006 le compre su parte (50%) y en junio de 2007 la vendí.

Debo comprar una vivienda antes de junio de 2009 para no abonar a Hacienda el incremento de patrimonio producido por la venta de mi vivienda habitual en junio de 2007.

Actualmente vivo con otra persona y estamos viviendo en régimen de alquiler por no tener posibilidades de comprar una vivienda. Creo que existe una moratoria que me permite tener de plazo hasta el 2010 para la compra de una vivienda o del pago de impuestos devengados por el aumento de patrimonio obtenido por la venta de mi vivienda habitual en el 2007

Extracto de "Exención por reinversión en vivienda habitual" en la Web de la agencia tributaria.
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No obstante y excepcionalmente, en aquellos casos en que se adquiera una nueva vivienda previamente a la transmisión de su vivienda habitual y dicha adquisición hubiera tenido lugar durante los ejercicios 2006, 2007 ó 2008 , el plazo de dos años para la transmisión de la vivienda habitual, establecido con carácter general en la normativa del Impuesto, se ampliará para todas ellas hasta el día 31 de diciembre de 2010.
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Un saludo y gracias

por cierto, sabe alguien sí un alquiler con derecho a compra es deducible en este concepto.