Integración en el IRPF de la pérdida patrimonial derivada de la ejecución de una sentencia que condena a la devolución del inmueble e indemnización
El recurrente plantea la necesidad de interpretar el art. 39 TR Ley IRPF que se intitula «Integración y compensación de rentas en la parte general de la renta del período impositivo», y, el art. 40 TR Ley IRPF que, bajo la rúbrica «Integración y compensación de rentasen la parte especial de la renta del período impositivo». Los citados preceptos se mantiene con una redacción parecida en los arts. 46 y 49 de la Ley 35/2006 (Ley IRPF). La cuestión con interés casacional consiste en determinar si, la pérdida patrimonial originada como consecuencia de la ejecución de una sentencia que condena a la devolución de un bien inmueble con la consiguiente indemnización por incumplimiento contractual debe integrarse en la base imponible general o especial en el IRPF.
(Auto del Tribunal Supremo, de 18 de febrero de 2021, recurso n.º 49/2020)