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¿Es correcto?

En el año 1989, siendo soltero, compré una parcela que aporté a mi sociedad de gananciales en Junio de 2006. En Julio de 2007 mi mujer y yo vendimos la parcela y el ayuntamiento le pasa una liquidación, a mi mujer, por el incremento del valor de los terrenos por el 50% de la parcela pero considerando el incremento de valor generado desde el año 1989 aunque ella es propietaria desde que la aporté a la sociedad de gananciales en el 2006.
Yo creo que el ayuntamiento solo puede pasarle una liquidación de plusvalía desde el año 2006 y no desde 1989 fecha en que ni siquiera conocía a mi mujer. ¿Estoy en lo cierto?, creo que es lo logico.