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VALORACIÓN DEL USO DE VIVIENDA POR UN MENOR

Agradecería mucho que alguien me indique cómo calcular la variación del valor de una vivienda, valorada en 443.000€, teniendo en cuenta que, por Sentencia firme, se le ha concedido el uso a un menor de 7 años.

Muchas gracias.

Elena.

Depende de la duración del derecho de uso. Si es vitaclicio, reduce el valor del inmueble un 70%. Si es temporal (por ejemplo, hasta la mayoría de edad), reduce el valor del inmueble en un 1% por cada año o fracción de duración

Muchas gracias, Pablo.

Había leído en esta página que el usufructo temporal era de un 2% por año y pensaba que sería igual para el uso atribuído por Sentencia, ¿en dónde se regulan exactamente esos tantos por ciento?

Si no lo entiendo mal, multiplico el % por los años que quedan de uso y ese resultado, pongamos un 30%, se lo descuento al valor de la vivienda. ¿Voy acertando, que no sabiendo?

Elena.

Tienes razón, es el 2% por cada año en los usufructos temporales. El 1 % se aplica para valorar los vitalicios, con el máximo del 70%, que es el porcentaje que se aplicaría para el caso de tener 7 años de edad.
De modo que para el temporal, es el 2 % cada año, según el art 10 de la ley del ITPAJD, y art 26 de la ley del ISD