pregunta iva
Enviado por SONUKYI el Jue, 04/06/2009 - 14:44
Por favor me gustaria que alguien me indicara en relacion al Iva, si yo he ingresado a Hacienda un Iva de un arrendamiento que no me han pagado ( han sido desahuaciados judicialmente). ¿Cuando he de reclamar a Hacienda la devolución de los meses que no he cobrado y de que forma lo he de realizar
Un saludo
Forums:
Para reclamar el IVA se debe
Para reclamar el IVA se debe cumplir lo siguiente:
El plazo para inicar la reclamación a la AEAT es a partir de 1 año de la fecha de la factura impagada, pero menos de 2 años y 3 meses de la fecha del devengo.
Condiciones:
1.- Que ustedes hayais instado su cobro mediante reclamación judicial al deudor.
2.- Que en los libros de registro del IVA quede constancia del crédito incobrable.
3.- Que el destinatario de la operación actúe en la condición de empresario o profesional, y que la base imponible sea superior a 300 euros.
Hacer Factura Rectificativa y operar de la siguiente forma:
En el plazo de 1 mes a contar desde la fecha de la factura rectificativa hay que COMUNICAR a la AEAT la modificación de la base imponible, adjuntando la siguiente documentación:
-Cópia de las facturas rectificativas, expresando las fechas de las facturas rectificadas.
-Documentos que acrediten la reclamaciión judicial.
-Comprobante de haber remitido la factura rectificativa al deudor.
Y creo que podrás deducirte le IVA Repercutido.
Suerte.