Anguila, las Bahamas y las Islas Turcas y Caicos se añaden a la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales
La UE sigue promoviendo la competencia fiscal leal y luchando contra las prácticas fiscales perjudiciales. El Consejo ha decidido hoy añadir a Anguila, las Bahamas y las Islas Turcas y Caicos a la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. Con estas adiciones, la lista de la UE consta ahora de doce países y territorios:
- Samoa Americana,
- Anguila,
- Las Bahamas,
- Fiyi,
- Guam,
- Palaos,
- Panamá,
- Samoa,
- Trinidad y Tobago,
- Islas Turcas y Caicos,
- Islas Vírgenes de los Estados Unidos,
- Vanuatu.
El Consejo lamenta que esos países y territorios no cooperen a efectos fiscales y les invita a colaborar con el Grupo «Código de Conducta» de la UE para resolver las cuestiones identificadas.
Las Islas Turcas y Caicos figuran por primera vez en la lista. Bahamas ya figuraba en la lista en 2018, y Anguila en 2020.
La equidad fiscal de las empresas nos beneficia a todos. Por eso la UE comparte con socios internacionales un interés común en la lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. Creo que cada uno de los doce países que figuran en la lista cumplirá con sus compromisos y llevará a cabo lo antes posible las reformas necesarias en el ámbito de la fiscalidad, de modo que puedan ser suprimidos de esta lista cuando la revisemos dentro de seis meses.
Zbyněk Stanjura, ministro de Hacienda de Chequia
Razones para añadir Anguila, Bahamas y las Islas Turcas y Caicos
En la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores (anexo I) solo figuran los países y territorios que, o bien no han entablado un diálogo constructivo con la UE sobre gobernanza fiscal, o bien no han cumplido su compromiso de introducir las reformas necesarias. Esas reformas deben tener como objetivo respetar una serie de criterios objetivos de buena gobernanza fiscal, en particular en relación con la transparencia fiscal, la equidad fiscal y la aplicación de las normas internacionales concebidas para prevenir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.
La razón de la inclusión de Anguila, las Bahamas y las Islas Turcas y Caicos en la lista es que preocupa el hecho de que estos tres países y territorios, todos ellos con un tipo impositivo nulo o solo nominal del impuesto sobre sociedades, estén atrayendo beneficios sin actividad económica real (criterio 2.2 de la lista de la UE). En particular, no han atendido adecuadamente a una serie de recomendaciones del Foro de la OCDE sobre Prácticas Fiscales Perjudiciales (FHTP) sobre el cumplimiento de los requisitos relativos al fundamento económico, algo a lo que se comprometieron a principios de este año.
El Grupo «Código de Conducta», que prepara las actualizaciones de la lista, está cooperando estrechamente con organismos internacionales como el FHTP para promover la buena gobernanza fiscal en todo el mundo.
Documento sobre la situación actual (anexo II)
Además de la lista de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales, el Consejo ha aprobado el documento habitual sobre la situación actual (anexo II), que refleja la cooperación en curso de la UE con sus socios internacionales y los compromisos de esos países de reformar su legislación para atenerse a las normas acordadas en materia de buena gobernanza fiscal. Su objetivo es reconocer la labor constructiva que se está llevando a cabo en el ámbito de la fiscalidad y fomentar el planteamiento positivo que han adoptado los países y territorios cooperadores para dar cumplimiento a los principios de buena gobernanza fiscal.
El compromiso de Bermudas con respecto a las recomendaciones del FHTP de la OCDE relativas a la aplicación efectiva de los requisitos de fondo se considera cumplido, lo que ha llevado a suprimir la referencia a este territorio en el documento sobre la situación actual.
Además, Túnez ha cumplido su compromiso relativo a la norma mínima de presentación de informes por país (acción 13 del BEPS) y, en consecuencia, se ha suprimido de la sección correspondiente del anexo II.
Costa Rica ha cumplido su compromiso de modificar su régimen de zonas económicas especiales, considerado perjudicial por el FHTP, y deja de figurar en esta sección. No obstante, se mantiene la referencia a este país en la sección relativa a los regímenes de exención de rentas de origen extranjero (FSIE). La fecha límite para cumplir este compromiso (que también han asumido otros cuatro países y territorios) es el 31 de diciembre de 2022.
El anexo II contiene además dos nuevos compromisos en el contexto de los trabajos del FHTP sobre regímenes fiscales preferentes perniciosos: tanto Armenia como Esuatini se han comprometido a suprimir o modificar sus regímenes fiscales preferentes a más tardar el 31 de diciembre de 2023. El resto del anexo II se mantiene sin cambios.
Contexto
La lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales se creó en diciembre de 2017. Forma parte de la estrategia exterior de la UE en materia de fiscalidad y tiene como objetivo contribuir a la labor que se esta está realizando para fomentar la buena gobernanza en el ámbito fiscal en todo el mundo.
Se evalúa a los países y territorios a partir de un conjunto de criterios establecidos por el Consejo. Estos criterios abarcan la transparencia y la equidad fiscales y la aplicación de normas internacionales concebidas para evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. La lista es un documento dinámico que, desde 2020, el Consejo actualiza dos veces al año. La próxima revisión de la lista está prevista para febrero de 2023.
La lista se incluye en el anexo I de las Conclusiones del Consejo sobre la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. En las Conclusiones también figura un documento sobre la situación actual (anexo II), en el que se identifican los países y territorios cooperadores que han introducido nuevas mejoras en sus políticas fiscales o en la cooperación en este ámbito.
Las decisiones del Consejo las elabora el Grupo «Código de Conducta» del Consejo, que también se encarga de supervisar las medidas fiscales en los Estados miembros de la UE. El presidente del Grupo mantiene un diálogo periódico con los países y territorios afectados. El Grupo «Código de Conducta» publica más información acerca de sus trabajos en su informe para el Consejo.
La UE sigue promoviendo la competencia fiscal leal y luchando contra las prácticas fiscales perjudiciales. El Consejo ha decidido hoy añadir a Anguila, las Bahamas y las Islas Turcas y Caicos a la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. Con estas adiciones, la lista de la UE consta ahora de doce países y territorios:
- Samoa Americana,
- Anguila,
- Las Bahamas,
- Fiyi,
- Guam,
- Palaos,
- Panamá,
- Samoa,
- Trinidad y Tobago,
- Islas Turcas y Caicos,
- Islas Vírgenes de los Estados Unidos,
- Vanuatu.
El Consejo lamenta que esos países y territorios no cooperen a efectos fiscales y les invita a colaborar con el Grupo «Código de Conducta» de la UE para resolver las cuestiones identificadas.
Las Islas Turcas y Caicos figuran por primera vez en la lista. Bahamas ya figuraba en la lista en 2018, y Anguila en 2020.
La equidad fiscal de las empresas nos beneficia a todos. Por eso la UE comparte con socios internacionales un interés común en la lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. Creo que cada uno de los doce países que figuran en la lista cumplirá con sus compromisos y llevará a cabo lo antes posible las reformas necesarias en el ámbito de la fiscalidad, de modo que puedan ser suprimidos de esta lista cuando la revisemos dentro de seis meses.
Zbyněk Stanjura, ministro de Hacienda de Chequia
Razones para añadir Anguila, Bahamas y las Islas Turcas y Caicos
En la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores (anexo I) solo figuran los países y territorios que, o bien no han entablado un diálogo constructivo con la UE sobre gobernanza fiscal, o bien no han cumplido su compromiso de introducir las reformas necesarias. Esas reformas deben tener como objetivo respetar una serie de criterios objetivos de buena gobernanza fiscal, en particular en relación con la transparencia fiscal, la equidad fiscal y la aplicación de las normas internacionales concebidas para prevenir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.
La razón de la inclusión de Anguila, las Bahamas y las Islas Turcas y Caicos en la lista es que preocupa el hecho de que estos tres países y territorios, todos ellos con un tipo impositivo nulo o solo nominal del impuesto sobre sociedades, estén atrayendo beneficios sin actividad económica real (criterio 2.2 de la lista de la UE). En particular, no han atendido adecuadamente a una serie de recomendaciones del Foro de la OCDE sobre Prácticas Fiscales Perjudiciales (FHTP) sobre el cumplimiento de los requisitos relativos al fundamento económico, algo a lo que se comprometieron a principios de este año.
El Grupo «Código de Conducta», que prepara las actualizaciones de la lista, está cooperando estrechamente con organismos internacionales como el FHTP para promover la buena gobernanza fiscal en todo el mundo.
Documento sobre la situación actual (anexo II)
Además de la lista de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales, el Consejo ha aprobado el documento habitual sobre la situación actual (anexo II), que refleja la cooperación en curso de la UE con sus socios internacionales y los compromisos de esos países de reformar su legislación para atenerse a las normas acordadas en materia de buena gobernanza fiscal. Su objetivo es reconocer la labor constructiva que se está llevando a cabo en el ámbito de la fiscalidad y fomentar el planteamiento positivo que han adoptado los países y territorios cooperadores para dar cumplimiento a los principios de buena gobernanza fiscal.
El compromiso de Bermudas con respecto a las recomendaciones del FHTP de la OCDE relativas a la aplicación efectiva de los requisitos de fondo se considera cumplido, lo que ha llevado a suprimir la referencia a este territorio en el documento sobre la situación actual.
Además, Túnez ha cumplido su compromiso relativo a la norma mínima de presentación de informes por país (acción 13 del BEPS) y, en consecuencia, se ha suprimido de la sección correspondiente del anexo II.
Costa Rica ha cumplido su compromiso de modificar su régimen de zonas económicas especiales, considerado perjudicial por el FHTP, y deja de figurar en esta sección. No obstante, se mantiene la referencia a este país en la sección relativa a los regímenes de exención de rentas de origen extranjero (FSIE). La fecha límite para cumplir este compromiso (que también han asumido otros cuatro países y territorios) es el 31 de diciembre de 2022.
El anexo II contiene además dos nuevos compromisos en el contexto de los trabajos del FHTP sobre regímenes fiscales preferentes perniciosos: tanto Armenia como Esuatini se han comprometido a suprimir o modificar sus regímenes fiscales preferentes a más tardar el 31 de diciembre de 2023. El resto del anexo II se mantiene sin cambios.
Contexto
La lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales se creó en diciembre de 2017. Forma parte de la estrategia exterior de la UE en materia de fiscalidad y tiene como objetivo contribuir a la labor que se esta está realizando para fomentar la buena gobernanza en el ámbito fiscal en todo el mundo.
Se evalúa a los países y territorios a partir de un conjunto de criterios establecidos por el Consejo. Estos criterios abarcan la transparencia y la equidad fiscales y la aplicación de normas internacionales concebidas para evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. La lista es un documento dinámico que, desde 2020, el Consejo actualiza dos veces al año. La próxima revisión de la lista está prevista para febrero de 2023.
La lista se incluye en el anexo I de las Conclusiones del Consejo sobre la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. En las Conclusiones también figura un documento sobre la situación actual (anexo II), en el que se identifican los países y territorios cooperadores que han introducido nuevas mejoras en sus políticas fiscales o en la cooperación en este ámbito.
Las decisiones del Consejo las elabora el Grupo «Código de Conducta» del Consejo, que también se encarga de supervisar las medidas fiscales en los Estados miembros de la UE. El presidente del Grupo mantiene un diálogo periódico con los países y territorios afectados. El Grupo «Código de Conducta» publica más información acerca de sus trabajos en su informe para el Consejo.
Fuente: Consejo de la UE (04/10/2022)