Posibilidad de aplicar el incremento de gasto por movilidad geográfica de un contribuyente que ha superado la fase de oposición de unas pruebas selectivas
Tras la superación por la interesada de la fase oposición de unas pruebas selectivas, se procederá al nombramiento de personal funcionario en prácticas para la realización del curso selectivo en modalidad online. Superado dicho curso selectivo, se llevará a cabo el nombramiento de la interesada como funcionaria de carrera y su más que probable traslado de residencia habitual a un nuevo municipio.
Con carácter general, el incremento del gasto deducible por movilidad geográfica queda condicionado a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, y que el nuevo puesto de trabajo exija dicho cambio.
Además, para tener derecho al incremento de la deducción en 2.000 euros anuales adicionales por obtención de rendimientos del trabajo por cambio de residencia, la aceptación de un puesto de trabajo que exija el cambio de residencia habitual a un nuevo municipio deberá producirse mientras el contribuyente se encuentre desempleado e inscrito como demandante de empleo en la oficina de empleo que corresponda a su residencia habitual.
En este sentido, cabe señalar que, el simple empadronamiento no se considera por sí solo elemento suficiente de acreditación de residencia y vivienda habitual en una determinada localidad, como tampoco lo es el hecho de trasladar o mantener el domicilio fiscal en lugar determinado.
Siendo esto así, en el presente caso, la interesada sólo podrá aplicar el incremento de gasto señalado siempre que la inscripción en la oficina de empleo se produzca antes de la fecha en que sea publicada la relación definitiva de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de la Administración al que pertenezca el contribuyente, circunstancia que en este caso se desconoce si se cumple, pues no se detalla.
No obstante, en este caso, la contribuyente no ha trasladado su residencia habitual durante la realización del curso selectivo que conlleva la aceptación de su nombramiento como funcionario en prácticas, pues el curso se realiza “online”, por lo que no se cumplirían en su caso todos los requisitos exigidos para poder aplicar el incremento de gasto por movilidad geográfica.
Por otro lado, en la medida en que el nombramiento de funcionaria en prácticas conlleva la pérdida de la condición de demandante de empleo, la ausencia de dicha condición en la fecha en que empieza a surtir efectos el nombramiento de funcionaria de carrera del contribuyente -que es el que exigiría en su caso el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio-, determinará la imposibilidad de aplicar el incremento de gasto deducible de 2.000 euros anuales adicionales previsto en el segundo párrafo del art. 19.2.f) de la Ley 35/2006 (Ley IRPF).
Por tanto, dado que no se cumplen todos los requisitos exigidos legalmente, la contribuyente no puede aplicar el incremento de gasto por movilidad geográfica en ningún caso en su declaración de IRPF de ninguno de los ejercicios correspondientes, ni el ejercicio en que realiza el curso selectivo online a raíz de ser nombrada funcionaria en prácticas, ni en el ejercicio en que se traslade a otro municipio para tomar posesión como funcionaria de carrera.