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E) Canarias

En el caso de Canarias, la Comunidad ha aprobado la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010 en la que siguiendo la tradición de estos últimos años podemos encontrar además de las previsiones económicas propias de las leyes presupuestarias otra serie de disposiciones normativas referidas a la imposición canaria.

Al igual que el resto de las comunidades autónomas esta Ley de Presupuestos contiene la actualización de tarifas de las tasa autonómicas, aunque en este caso y debido a la situación económica del país, y más concretamente la situación de la economía canaria estas tasas mantienen los tipos impositivos de cuantía fija de las tasas de la comunidad autónoma en la misma cuantía exigible en el año 2009.

Como medidas tributarias en la disposición transitoria primera recoge una serie de modificaciones del texto refundido de las disposiciones legales dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril. En primer lugar se añade una nueva deducción en el Impuesto sobre la renta de las personas físicas por contribuyentes desempleados con el siguiente texto “Con efectos desde el 1 de enero de 2009, los contribuyentes que perciban prestaciones por desempleo podrán deducir la cantidad de 100 euros” siempre que se cumplan con el cumplimiento de unos requisitos.

Por otro lado, se modifica la deducción por gastos de estudios, que queda redactada de la siguiente forma de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria tercera de esta Ley de Presupuestos de Canarias: “Los contribuyentes podrán deducirse por cada descendiente o adoptado soltero menor de 25 años, que dependa económicamente de él y que curse los estudios de educación superior previstos en el apartado 5 del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, fuera de la isla en la que se encuentre la residencia habitual del contribuyente, la cantidad de 1.500 euros”, dentro de unos límites y con el cumplimiento de unos requisitos.

Igualmente mediante la disposición transitoria segunda de esta Ley de Presupuestos se modifica el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.