La declaración-resumen anual es una verdadera declaración e interrumpe la prescripción (TS 25-11-2009)
Es lo que declara el Tribunal Supremo en su sentencia de 25 de noviembre de 2009. El Tribunal rechaza la tesis del recurrente en el sentido de que la declaración-resumen anual no es una verdadera declaración tributaria, sino una comunicación informativa, pues tal aserto es, desde luego, contrario a su denominación «declaración», pero lo es también a su contenido, pues, aparte de otras razones, en virtud de la documentación que ha de acompañarla, y los datos que en ella se consignan, tiene un contenido ratificatorio de las liquidaciones efectuadas durante el año. Pues bien, este elemento característico de la declaración-resumen anual, cual es la ratificación que supone de las declaraciones efectuadas durante todo el año, permite imputarle un contenido interruptivo de la prescripción, por efecto de su contenido liquidatorio (sentencia publicada en Normacef Fiscal, NFJ037017, y en la Revista de Contabilidad y Tributación de marzo 2010).