Selección de jurisprudencia. Noviembre (2.ª quincena)
Enviado por Editorial el Mié, 13/11/2024 - 12:23
- El TJUE afirma que la Directiva IVA permite negar la deducción del IVA soportado cuando la factura que el proveedor entregó al destinatario no mencionase este impuesto, aunque con ocasión de una inspección al proveedor, en el acta conste dicho IVA
- El TJUE declara que son desproporcionadas a la luz de los objetivos de la UE las multas o sanciones a tanto alzado para todas las infracciones, con independencia de su naturaleza y su gravedad, por no abonar anticipadamente el peaje de una vía
- TJUE: El administrador de una entidad que no notificó su incapacidad de pagar el IVA debe demostrar para liberarse de su responsabilidad solidaria por el pago de dicha deuda, que el incumplimiento de esa obligación de notificación no le es imputable
- El Tribunal Supremo deberá resolver si la norma de valoración del IS debe limitarse a las operaciones vinculadas de la entidad o si cabe aplicarla a relaciones jurídicas de la entidad regularizada con terceros que no son partes vinculadas
- El TS aclara que la ganancia patrimonial por la retasación de un bien expropiado debe imputarse temporalmente al ejercicio del IRPF en el que dicha resolución devenga firme, resultan aplicables los coeficientes reductores o de abatimiento
- El TS afirma que no cabe invocar la causa de exención de responsabilidad sancionadora del art. 179.2.d) LGT cuando el ejercicio de la potestad sancionadora se debe a la falta de prueba de la deducibilidad de un gasto
- TS: Es ajeno a la potestad de calificación que la Administración niegue a efectos del IS que una sociedad sea residente en España si comprueba que la dirección efectiva y control del conjunto de sus actividades no está en nuestro país
- El TS afirma que la pérdida de condición de socio del transmitente al enajenar la totalidad de sus acciones no puede ser considerado «separación del socio» a efectos de determinar el valor de la ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF
- No se admite la aplicación del tipo de gravamen reducido para las entidades de nueva creación al haberse producido la transmisión de la actividad a la entidad de nueva creación por parte de una entidad vinculada
- Deben tenerse en cuenta en la valoración de la operación vinculada los impuestos y retenciones satisfechos en el extranjero por la actividad personalísima y artística del socio como tenor
- Los préstamos se han otorgado con quebranto del principio de libre competencia y deben calificarse de aportaciones de capital, no siendo deducibles en el IS los intereses derivados de dichos préstamos a la filial española
- La amortización es una expresión contable de un proceso de depreciación contable, por lo que la única prueba de la amortización es el propio asiento contable, sin el cual no es posible admitir su deducción en el IS
- La solicitud de devolución de un aval no hace presumir que el recurrente haya tenido conocimiento de la resolución del TEAR que resolvió la reclamación económico-administrativa contra la liquidación, cuando su notificación es defectuosa
- El préstamo participativo de los socios del obligado tributario es ficticio al tratarse de unas deudas de las que el obligado tributario no ha justificado que correspondiesen a reales aportaciones de bienes o derechos
- Resulta aplicable la incostitucionalidad respecto de la obligación de integrar de forma automática en la base imponible del IS una reversión mínima anual en los ejercicios 2016-2020 de los deterioros previamente deducidos de participaciones
- El plazo de prescripción para declarar responsabilidad solidaria por ocultación de fondos mediante una cuenta de la responsable se inicia con el primer ingreso relevante, y no desde la fecha de apertura de esta