Documentos normalizados para acreditar la representación de terceros en el envío de los ficheros de registros de facturación generados por sistemas de emisión de facturas, a través de la sede electrónica de la AEAT
![Acreditación de la representación para el envío de ficheros de registros de facturación generados por sistemas de emisión de facturas Documentos normalizados para acreditar la representación de terceros en el envío de los ficheros de registros de facturación generados por sistemas de emisión de facturas, a través de la sede electrónica de la AEAT. Imagen de una encuesta en línea y lista de verificación de formularios digitales por computadora portátil](https://www.fiscal-impuestos.com/sites/fiscal-impuestos.com/files/styles/articulo__640_x_640_/public/documento-acreditacion-representacion-envio.jpg?itok=SkYyp0Gt)
Se aprueban los documentos normalizados válidos para la acreditación de la representación en el procedimiento para el envío de los ficheros que contienen registros de facturación generados por sistemas de emisión de facturas, a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en representación de terceros, ya que involucrará como actores, en la mayoría de los casos de forma conjunta, tanto a las plataformas desarrolladoras de software como a los profesionales que desarrollan su actividad en el ámbito de la gestión tributaria y que son los representantes de aquellos de forma habitual en sus relaciones con la Administración tributaria.
En el BOE de 31 de diciembre de 2024 se ha publicado la Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban los documentos normalizados para acreditar la representación de terceros en el procedimiento para el envío de los ficheros que contienen registros de facturación generados por sistemas de emisión de facturas, a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria..
El cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento Veri*factu aprobado por el REAL DECRETO 1007/2023, que contiene los requisitos que deberán cumplir los sistemas y programas informáticos o electrónicos de facturación, en lo referente al envío a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria de los ficheros de facturación del obligado tributario, mediante el uso de sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, involucrará como actores, en la mayoría de los casos de forma conjunta, tanto a las plataformas desarrolladoras de software como a los profesionales que desarrollan su actividad en el ámbito de la gestión tributaria y que son los representantes de aquellos de forma habitual en sus relaciones con la Administración tributaria, por lo que resulta preciso asegurar la representación con la que actuarán en cada momento en el ámbito de la colaboración social en la aplicación de los tributos, tanto las entidades suministradoras de software que prestarán servicios desde sus plataformas como los profesionales de la gestión tributaria que prestan sus servicios a los obligados tributarios bajo licencia de las aplicaciones y programas suministrados por aquellas. Para ello se aprueban los documentos normalizados válidos para la acreditación de la representación en el procedimiento para el envío de los ficheros que contienen registros de facturación generados por sistemas de emisión de facturas, a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en representación de terceros.