Cataluña aprueba finalmente sus medidas fiscales para 2025, centrándose en el IRPF, el ISD y el ITP y AJD

Se tiene en cuenta la dificultad de acceso a la vivienda y la protección de las víctimas de violencia machista.
El 26 de marzo de 2025 se ha publicado en el DOGC el Decreto ley 5/2025, de 25 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, de gastos de personal y otras administrativas, y que responde principalmente a dos necesidades imperativas de la sociedad catalana: la dificultad de acceso a un derecho básico como es el de la vivienda y la necesidad de protección de las víctimas de violencia machista.
Pero aquí nos detendremos en exponer las modificaciones fiscales en tributos cedidos y propios. Tiene como entrada en vigor el día 27 de marzo de 2025.
TRIBUTOS CEDIDOS
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Se aprueban medidas con efectos a partir del 1 de enero de 2025, incluyendo:
- Escala de gravamen
Se reducen los tipos impositivos en los primeros tramos de tributación para aliviar la carga fiscal de los contribuyentes con menores ingresos. Además se reestructura la escala de tramos, pasando de nueve a ocho para lograr una distribución más equilibrada y equitativa de la carga fiscal.
Base liquidable hasta (euros) |
Cuota íntegra (euros) |
Resto base liquidable hasta (euros) |
Tipo aplicable porcentaje (%) |
0,00 | 0,00 | 12.500,00 | 9,50% |
12.500,00 | 1.187,50 | 9.500,00 | 12,50% |
22.000,00 | 2.375,00 | 11.000,00 | 16,00% |
33.000,00 | 4.135,00 | 20.000,00 | 19,00% |
53.000,00 | 7.935,00 | 37.000,00 | 21,50% |
90.000,00 | 15.890,00 | 30.000,00 | 23,50% |
120.000,00 | 22.940,00 | 55.000,00 | 24,50% |
175.000,00 | 36.415,00 | en adelante | 25,50% |
- Deducción por nacimiento o adopción de un hijo o de una hija o por acogimiento
Se equipará el beneficio fiscal al de nacimiento o adopción.
- Deducción por alquiler de la vivienda habitual
Se aumenta el tope de renta para acceder (de 20.000 a 30.000 €) y se eleva la deducción hasta 500 €. Se suprime la exigencia de que el alquiler supere el 10% de los rendimientos netos del contribuyente. Y se aumenta la edad límite de 32 a 35 años.
- Deducción por alquiler de la vivienda habitual de víctimas de violencia machista
Se crea esta nueva deducción en concepto de alquiler de vivienda habitual. Las contribuyentes que sean víctimas de violencia machista pueden deducir el 20% del alquiler de su vivienda habitual, con un límite de 1.000 euros anuales, siempre que su base imponible, descontado el mínimo personal y familiar, no supere los 30.000 euros anuales. Este porcentaje aumenta al 25%, con un límite de 1.200 euros, si la contribuyente tiene una discapacidad del 65% o más, o hijos menores a su cargo. La deducción puede aplicarse durante un máximo de tres años consecutivos.
- Deducción por inversión en sociedades cooperativas agrarias y de vivienda
Se crea esta nueva deducción para incentivar la economía social, con una deducción del 20% de las inversiones en cooperativas agrarias y de vivienda (límite de 3.000 €).
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
Se crean nuevas reducciones y bonificaciones dirigidas a colectivos vulnerables:
- Reducción por donación de vivienda o de dinero para adquirirla, aplicable a víctimas de violencia de género.
- Bonificación del 99% en adquisiciones por herencia cuando la causante haya fallecido a consecuencia de violencia de género.
- Ampliación del plazo para aplicar la reducción por donación de dinero a descendientes para la compra de primera vivienda (de tres a seis meses).
IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
Se introducen varias modificaciones clave:
- Reestructuración de la tarifa impositiva, pasando de dos a cuatro tramos:
- Hasta 600.000 €: 10%
- Entre 600.000 y 900.000 €: 11%
- Entre 900.000 y 1.500.000 €: 12%
- Más de 1.500.000 €: 13%
- Tipo incrementado del 20% en adquisiciones de viviendas por grandes tenedores y compras de edificios enteros, con algunas excepciones para personas físicas.
- Bonificación del 50% para la compra de edificios de oficinas o estructuras sin finalizar que se transformen en vivienda protegida.
- Reducción del tipo al 5% en transmisiones patrimoniales para víctimas de violencia de género.
- Ampliación del límite de edad para jóvenes que acceden al tipo reducido del 5% en compra de vivienda (de 32 a 35 años).
- Tipo impositivo del 0% en transmisiones de vehículos "cero emisiones", incentivando la movilidad sostenible.
- Nuevas bonificaciones en ITP y AJD:
- 100% para la compraventa de obras de arte y antigüedades cuando el comprador sea un empresario del sector y las revenda en un año.
- 100% para cooperativas de vivienda sin ánimo de lucro.
- 50% para adquisiciones de inmuebles destinados a sedes sociales o centros de trabajo.
- Bonificación del 100% en AJD para escrituras de transmisión de vivienda habitual cuando se pague IVA, facilitando el acceso a la vivienda para jóvenes.
- Incremento del tipo en AJD hasta el 3,5% en documentos que renuncien a la exención de IVA.
- Reintroducción de la bonificación en AJD para constitución de propiedad horizontal por parcelas, aplicable hasta 31 de diciembre de 2027.
IMPUESTO SOBRE EL DEPÓSITO DE RESIDUOS
Se fijan los nuevos tipos de gravamen aplicables a la incineración y coincineración de residuos, con el fin de garantizar una financiación adecuada para la gestión ambiental y prevenir problemas ecológicos. Entran en vigor el primer día del trimestre natural posterior al de la fecha de entrada en vigor del Decreto ley, es decir el 27 de marzo de 2025.
TRIBUTOS PROPIOS
IMPUESTO SOBRE EMISIONES DE CO₂ DE VEHÍCULOS
Se realiza una modificación técnica en la normativa del impuesto sobre emisiones de dióxido de carbono de vehículos de tracción mecánica, para alinearlo con la Ley 2/2021. Se establece que los vehículos en baja temporal no estarán sujetos a este impuesto en todos los casos y no solo en supuestos de robo. Esta medida busca garantizar la coherencia legal y la seguridad jurídica, evitando cargas fiscales injustas para propietarios de vehículos que no están en circulación.
CANON DEL AGUA
Se introducen ajustes urgentes en la regulación del canon del agua:
- Tarifa social: Se amplían los colectivos que pueden acceder a bonificaciones, permitiendo que más personas en situación de vulnerabilidad reciban apoyo.
- Estructura de facturación: Se eliminan los mínimos de facturación y se introduce una cuota fija basada en el consumo mensual. Esto busca promover el uso responsable del agua, asegurando que los usuarios paguen de forma más justa y proporcional.
Las modificaciones entran en vigor el 1 de enero de 2026.