planes de pensiones
Enviado por ROBERTO el Mar, 23/01/2007 - 15:11
Hola:
Tras jubilarme he ido a cobrar mi fondo de pensiones a la Caja donde lo tenía. Me indican que sólo puedo recuperar el 50% de golpe y que el resto me lo abonarán mensualmente a razón de 1500 €, cosa que no están haciendo dado que le aplican retención de IRPF (10%), por lo que me quedan 1350 € mensuales.
Además me indican que si recupero el 100% de golpe se me aplica una retención???? del 40%.
Ando perdido en este asunto y desconozco si la entidad está obrando bien o me están engañando con el fin de que no saque las cantidades de la misma, dado que ya no soy cliente de la misma.
Me indican que es así, pero no me dan argumentación jurídica ni fiscal de la misma por lo que estoy un poco "mosca".
Agradezco vuestra atención.
Forums:
Eso no es así. Si es un
Eso no es así. Si es un "plan de pensiones" con todas las letras, de los regulados en el Texto Refundido de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones, las prestaciones por jubilación se pueden percibir de dos formas, siempre a elección del interesado: bien en forma de capital, de una sola vez, rescatando el importe total, el 100%, en cuyo caso, aunque es cierto que tributará todo como rendimiento del trabajo, lo que hace que el tipo medio del contribuyente se eleve mucho, lo cierto es que de la cantidad rescatada sólo tributa el 60%, puesto que se aplica una reducción del 40% (siempre que se trate de aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2006). Si el contribuyente opta por recibir el plan de pensiones en forma de renta, tendrá derecho a percibir mensualmente el importe que resulte, como si fueran rendimientos del trabajo como otro cualquiera, con la retención que le corresponda. Pero, en cualquier caso, la elección es del contribuyente. Incluso puede optar por recibir una parte en forma de renta y otra en forma de capital, pero en este caso, la parte en forma de capital no llevaría reducción del 40% ni ninguna otra reducción. Es decir, la parte rescatada en forma de capital sería considerada como otra renta más.