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Devolución deducciones recibidas si donación antes de los 3 años desde su compra

Hola,
mi pareja se compró una vivienda hace ahora 2 años.
Ahora quiere donarme un porcentaje de la misma.
aparte de los consabidos impuestos por la donación (en la Com. de Madrid al menos son llevaderos), nos hemos enterado de que si donas la propiedad antes de que pasen 3 años, tienes que devolver las deducciones por vivienda habitual.
es eso cierto?
qué cantidad tienes que devolver? todo lo deducido en esos 3 años? o sólo en el año que te queda para cumplir ese año 3º?
aparte de esto, hay alguna consecuencia en irpf más para el que dona y para el que recibe la donación?

gracias por la ayuda, nadie parece ponerse de acuerdo con este tema.

isa