Plusvalía venta piso
Enviado por Omadel el Mié, 28/07/2010 - 21:46
A ver si me pueden ayudar con una duda. Mi padre en el año 1980 compró un piso, casado con mi madre en régimen de gananciales, en el año 1990 fallece mi padre y se adjudica herencia del piso a mi madre en el año 1991 (supongo que la mitad): Si mi madre vendiese ahora el piso (2010) ¿estaría obligada a pagar la plusvalía a Hacienda porque heredó la mitad del piso en el año 1991? ¿si es así qué porcentaje y a cuántos años se aplica? o no estaría obligada a pagar porque lo que se tiene en cuenta es cuando compraron el piso que fue en 1980 y no se tiene en cuanta la herencia? Muchas gracias
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Hola, te explico, en
Hola, te explico, en cualquier caso lo máximo que te pueden gravar son 20 años, y creo que es lo que van a hacer. Aunque cuando tu madre heredó (la mitad, la otra mitad imagino que vosotros) tuviesteis que haber abonado un plus valía, con devengo desde la fecha de la compra (1.980), hasta la fecha del fallecimiento (1,990, no la fecha de adjudicación de herencia). No haces mención a este plus valía, con lo cual entiendo que no presentasteis copia simple de la herencia al Ayuntamiento y por otro lado éste no os ha exigido el pago de ese plus valía (ya te digo, creo, puesto que no mencionas nada de él), en este caso estaría ya preescrito con lo cual puedes olvidar ese tema.
Ahora bien, una vez que realicéis la venta ahora en 2010, os van a liquidar el pluls valía desde la fecha de fallecimiento de tu padre, hasta la fecha de la venta, que son además justo los 20 años máximos que se gravan, por otro lado te digo que si tu madre tiene el 50% y vosotros el otro 50%, os liquidaran la parte proporcional a cada uno. El porcentaje lo pone el Ayuntamiento dentro de un baremo estipulado por ley. Puedes pedir a tu ayuntamiento un cálculo aprox, del plus valía y además hay páginas de ciertos Ayuntamientos en la cual puedes calcularlo.
Espero haberte ayudado un poco, saludos.