Banner Cursos CEF.- Tributación

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

DEDUCCIÓN POR COMPRA DE VIVIENDA HABITUAL

Buenos días:

He comprado mediante contrato privado una vivienda pero no la escrituraremos hasta el próximo año. Ya que para el año 2011 van desaparecer dichas deducciones,¿me podría acoger a ellas aunque no escritura la vivienda hasta el próximo año?.

Muchas Gracias.

Siento decirte que no. Se tiene en cuenta SIEMPRE la fecha de escritura (salvo prueba de entrega anterior=entrega de llaves)

consulting BGH

Según la redacción de la nueva disposición Transitoria del proyecto la Ley de Presupuestos Generales del Estado: "Los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual antes del 1/1/2011, o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, podrán seguir aplicando la deducción en los mismos términos que hasta ahora".
Por tanto, yo entiendo que si el contrato de compraventa está firmado con una constructora o promotora, y en él se especifica claramente la vivienda que se compra, y las condiciones de pago y entrega hasta la subrogación del préstamo promotor, no debe haber problema en aplicar la deducción, siempre y cuando en el 2010 ya hayamos entregado a dicha construcctora cantidades a cuenta de la construcción de la vivienda y ejercitamos nuestro derecho a la deducción de dichas cantidades en la Renta del 2010. De esta forma mantenemos el derecho a seguir deduciendo al año siguiente en las mismas condiciones. De todos modos aunque la norma no está aprobada todavía, habrá que estar pendientes de la redacción final.

Si, estoy completamente de acuerdo, mientras tengas el contrato privado firmado antes de que finalice el año 2010 y una entrega a cuenta por la vivienda podrás deducirte en la renta, la ley no dice nada de escritura,la escritura la haces en 2011 tranquilamente y sin problema.