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Pagos sin justificar por extravío de facturas

Buenas tardes: Un Administrador de una Sociedad de Reducida Dimensión utiliza la tarjeta Visa para pagar cualquier tipo de adquisición, bien sea inmovilizado o servicios (viajes para asistir a Seminarios ligados a la actividad de la empresa). Tiene por costumbre, en la mayoría de los casos, no aportar factura del pago, y a veces hace entrega de algún que otro ticket.
Estos pagos se contabilizan en el epígrafe correspondiente, pero sin factura. La única justificación es que el pago viene recogido en el extracto bancario bajo el concepto "Pago con tarjeta Visa", desconociendo la naturaleza del mismo en algunos casos.
Cómo actúa Hacienda en estos casos. 1) Al no estar debidamente justificado lo consideraría retribución en especie al Administrador. 2) En caso afirmativo qué retención se le aplicaría. 3) En el caso de justificación a través de ticket o del denominado documento de venta, Hacienda lo admite.
Muchas gracias.