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Donación de una vivienda

Buenas tardes, expongo mi caso resumido:

Mi madre compro una casa que puso a nombre de mi hermano en 1991 siendo esta la casa secundaria de la familia. El caso es que mi madre hace ya unos 10 años vendió su casa principal y nos mudamos a la que era nuestra casa secundaria. Mi hermano se a comprado su propia casa y ya no vive con nosotros. Por lo tanto mi madre no tiene a su nombre en el momento actual ningún bien patrimonial, mi pregunta es ¿si mi hermano dona la vivienda que mi madre compro en la fecha indicada cual seria el coste y los trámites?. Por cierto soy de la provincia de Sevilla. He leído en otro foro que en Murcia por ejemplo al igual que en otras comunidades autónomas si donas una vivienda que tiene como destino ser la vivienda principal del donatario sin este tener ningún otro bien patrimonial de estas características, este tributará por la donación, pero se beneficiara de una bonificación del 99%. Muchas gracias y un saludo!!

En Andalucía la única reducción que se establece es la reducción propia en la donación de dinero a descendientes para la adquisición de la primera vivienda habitual que es del 99%, siendo la base máxima de reducción:

a)120.000, para menores de 35 años
b)180.000, para personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

Aparece regulada en el artículo 22 del Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos.

La norma la puedes encontrar en la base de datos CEFLEGAL a través del siguiente enlace:

http://www.ceflegal.com/doc/verdocumento.aspx?lista=si&referencia=NFL012718&producto=101&pal_buscadas=1/2009|BOJA