Uso de la Cuenta Vivienda
Enviado por imartinez83 el Mar, 28/12/2010 - 12:37
Buenos días,
tenía una cuenta vivienda que he cancelado este año (ya había tributado 2 anteriores) porque voy a comprar una vivienda que voy a escriturar el día 30 de diciembre.
Los impuestos nos los voy a liquidar hasta el mes siguiente, ¿como justifico entonces la utilización de la cuenta vivienda? ó ¿como la compraventa la he realizado en este año si puedo justificar el gasto aunque no sea en el mismo año fiscal?
Por otro lado, el saldo de la cuenta vivienda que tendría que invertir ¿es el saldo de la cuenta más el 15% que hacienda te devuelve en los años que tienes la cuenta vivienda?
Gracias de antemano.
Un saludo.
Forums:
Si compras el 30, entiendo
Si compras el 30, entiendo que entregarás dinero al vendedor. Parte de ese dinero será de la cuenta vivienda. En cualqueir caso, si pagas posteriormente, se considera la fecha de compra la que escritures, aunque se pacten aplazamientos de pago. La cantida a reinvertir de la cuenat será el importe que existe no más el 15% de deducción.