La deducción por reinversión de beneficios extraordinarios: afectación vs. entrada en funcionamiento
El presente trabajo aborda el análisis de la modificación del artículo 42 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades introducida por la Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, en lo relativo a los elementos objeto de reinversión. En opinión del autor, la citada modificación añadió un requisito nuevo al ya existente de afectación: el de la entrada en funcionamiento.
Palabras clave: afectación, entrada en funcionamiento, deducción y beneficios extraordinarios.
Francisco Cavero de Pedro
Socio del Área Financiera y Tributaria
Cuatrecasas, Gonçalves Pereira
Sumario
- Introducción.
- Análisis sintáctico del artículo 42 del TRLIS.
- Análisis de otras normas tributarias.
- Gastos financieros deducibles.
- Amortización y libertad de amortización.
- Breve referencia al régimen de sociedades patrimoniales.
- Conclusión.
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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 347 (febrero 2012)