Fiscalidad en arrendamiento de nave industrial
Nos encontramos con el problema que nuestro arrendador se niega a enviarnos facturas por las rentas
. En este ejercicio al haber abonado solo dos de momento, hemos dado un plazo para que nos emitan las facturas de los tres meses (tres facturas una por mes) para que nosotros tengamos el suficiente tiempo para ingresar en el primer trimestre las retenciones de IRPF.
Tenemos alguna duda de que cuerpo debe tomar esa factura pensamos que deberá ser:
Base Imponible(mensualidad) + 18% IVA y al resultado restarle el 21% de la base imponible o mensualidad en concepto de retención IRPF que será el importe a ingresar trimestralmente.
Estos dos últimos meses hemos abonado mediante transferencia bancaria la cantidad que se expresa en el contrato, pero dudamos si esta cantidad ha de considerarse con IVA e IRPF INCLUIDO o por el contrario esa cantidad la hemos de tomar como base imponible. El contrato (chapucero por cierto) dice textualmente: " La renta pactada será de XXX € mensuales" con habla ni de factura, ni de impuestos ni nada.
Sin persistiesen en su negativa a extender factura que solución cabría ¿Enviar un escrito a la AET denunciando el caso?
Imagino que el procedimiento más aconsejable es que nosotros hagamos las cuentas de la renta + IVA - IRPF e ingresemos ese importe.
Muchas gracias.