Culpabilidad en la infracción tributaria. La STS de 12 de julio de 2010 y los Tribunales Económico-Administrativos: un uso interesado de la jurisprudencia

A lo largo de estas líneas, tras un repaso por los argumentos que se suelen alegar para enfrentarse a las sanciones tributarias, en el que haremos un intento por clarificar algunos conceptos, trasladando al ámbito del Derecho fiscal sancionador lo que la dogmática penal tiene superado, nos detendremos en la culpabilidad, principal argumento analizado por la Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2010 y por las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central que dicen ampararse en la misma para confirmar los acuerdos sancionadores; diseccionaremos la sentencia para extraer lo que de verdad dice; estudiaremos las resoluciones económico-administrativas, para poner en evidencia su falta de acomodo a la sentencia; y traeremos a colación sentencias posteriores del Tribunal Supremo que refuerzan nuestros argumentos, porque insisten en la importancia de la motivación y prueba del elemento subjetivo de la infracción, así como de la acreditación de la culpabilidad, como algo esencial sin lo cual los acuerdos sancionadores devienen indefectiblemente nulos.

Palabras clave: culpabilidad, infracción y sanción.

 

Nuria Puebla Agramunt

Doctora en Derecho
Abogada del ICAM

 

Sumario

  1. Introducción.
  2. Principales motivos de oposición a un acuerdo sancionador y algunas precisiones termino- lógicas y dogmáticas.

    A. Algunas precisiones terminológicas y dogmáticas.
    B. El estado de la cuestión en la práctica y algunas ideas y argumentos de oposición a las sanciones tributarias.

  3. La Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2010.
  4. La utilización interesada de la sentencia por parte del TEAC.
  5. Conclusiones.

 

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 352 (julio 2012)