Fiscalidad seguro por IPT
Hola a todos.
Veréis, estoy pendiente de que me declaren una incapacidad laboral permanente por un accidente laboral y la empresa para la que trabajo tiene contratado para los trabajadores un seguro que cubre esta contingencia.
Este seguro está instrumentalizado con una póliza colectiva de compromisos por pensiones en los que no se imputan las primas al trabajador.
Bueno, tengo varias dudas.
Leyéndome el manual de hacienda, veo que tributa como rendimientos de trabajo con unas reducciones del 40% para primas hasta el año 2006. ¿Esta reducción se practicaría sobre todo el capital a cobrar al entender que antes de la reforma de 2007 esas primas ya estaban previstas?
Por otro lado, como la cantidad es considerable, me voy al tipo marginal y teniendo en cuenta que es un capital que tengo que administrarme para toda la vida, por haber sido declarado discapacitado. ¿Podría mudarme al extranjero y fijar alli mi residencia antes del inicio del año fiscal y de haber solicitado el pago del seguro? En ese caso, ¿como tendría que tributarlo?
Un saludo.