Nota informativa relativa a las medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

Nota informativa relativa a las novedades tributarias introducidas por el Real Decreto-ley 4/2013 (medidas tributarias de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo)

La AEAT ha emitido una nota en la que informa de las medidas de apoyo al emprendedor y de estimulo y de la creación de empleo

En el BOE del sábado 27 de julio se ha publicado la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, que recoge las medidas aprobadas en el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, por el que se adoptan diversas medidas tributarias de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

Las modificaciones en materia fiscal afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre Sociedades, y se recogen en la Nota informativa ya publicada en febrero de 2013 en este portal.

Enlace a la nota informativa

Asimismo, la Ley 11/2013 ha incorporado en el ámbito tributario las siguientes Disposiciones Adicionales, no incluidas en el Real Decreto-ley 4/2013:

Tributos sobre el juego

En la disposición adicional sexta se modifica la base imponible de las apuestas sobre acontecimientos deportivos o de competición y del bingo en las Ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla:

  • La base imponible de la tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias vendrá constituida por la diferencia entre la suma total de las cantidades apostadas y el importe de los premios obtenidos por los participantes en el juego.
  • La base imponible para el juego del bingo presencial que se celebre u organice en dichos territorios será el resultante de sustraer del importe de las cantidades jugadas la cuantía de los premios obtenidos por los partícipes.

Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla (IPSI)

En la disposición adicional séptima se modifica el artículo 9 de la Ley 8/1991, de 25 de marzo, por la que se aprueba el Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla (IPSI), facultando a dichas Ciudades autónomas a reducir la cuantía exenta en las importaciones de bienes en régimen de viajeros en sus respectivas ordenanzas fiscales, sin que ésta pueda ser inferior a 90,15 euros.

Por otra parte, continúa la tramitación parlamentaria de la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, actualmente en fase de enmiendas en el Congreso.

 

Fuente: AEAT (31/07/2013).