Nuevos pronunciamientos del Tribunal Supremo sobre la aportación de documentos con posterioridad a la finalización del procedimiento de aplicación de los tributos
Análisis de las SSTS de 10 de septiembre de 2018, rec. núm. 1246/2017, y de 21 de febrero de 2019, rec. núm. 1985/2017
La Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de septiembre de 2018 aborda el tema de la aportación a los tribunales de documentos no aportados en el procedimiento de aplicación de los tributos. Aunque confirma el criterio sentado en pronunciamientos anteriores del Alto Tribunal (en especial la Sentencia en unificación de doctrina de 20 de abril de 2017) que cabe la aportación en la fase de revisión de documentos y pruebas no aportados en la fase de comprobación administrativa, introduce la excepción, que no se contemplaba en las anteriores, de que el interesado haya actuado de mala fe o con abuso de derecho. El problema radica en definir los casos en que se aprecie ese abuso procesal. En el comentario se recogen diversas resoluciones y sentencias que han reconocido la existencia de abuso procesal como justificación de no tomar en consideración los documentos aportados tras la finalización del procedimiento de aplicación de los tributos. Esta sentencia ha sido confirmada íntegramente por la más reciente de 21 de febrero de 2019, referida a un supuesto de falta de formulación de alegaciones ante la Inspección.
Miguel Wert Ortega
Inspector de Hacienda del Estado
Sumario
1. Supuesto de hecho
2. Doctrina del tribunal
3. Comentario crítico
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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 434 (mayo 2019)