En los Presupuestos aprobados por Madrid se tiene en cuenta a los afectados por los daños en inmuebles derivados de las obras de la Línea 7B del Metro
Esta medida tributaria consiste en una bonificación en ITP y en una bonificación en AJD.
En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el día 30 de diciembre de 2024 se ha publicado la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025, que recoge una medida de carácter tributario.
Se establece una medida tributaria específica para las personas afectadas por los daños ocasionados en inmuebles debido a las obras de la Línea 7B del Metro de Madrid. Las disposiciones incluyen dos bonificaciones tributarias principales:
1. Bonificación en la modalidad "Transmisiones Patrimoniales Onerosas" (TPO)
- Beneficiarios: Personas físicas o jurídicas que sean propietarias o usufructuarias de inmuebles afectados por los daños.
- Condición: Aplicable exclusivamente a la adquisición de otro inmueble de características análogas que sustituya al afectado.
- Porcentaje: Bonificación del 100% de la cuota tributaria de TPO.
- Incompatibilidad: No puede combinarse con la bonificación del artículo 30 bis de la misma ley.
2. Bonificación en la modalidad "Actos Jurídicos Documentados" (AJD)
- Ámbito:
- Aplicable a los documentos notariales que formalicen la adquisición de inmuebles para sustituir a los afectados.
- Incluye también operaciones registrales vinculadas a la construcción de los inmuebles, como agrupación, división, segregación, declaración de obra nueva y división horizontal.
- Porcentaje: Bonificación del 100% de la cuota tributaria gradual de AJD.
- Incompatibilidad: No puede combinarse con las bonificaciones previstas en los artículos 38 bis y 38 ter de la misma ley.
3. Determinación de inmuebles afectados
- Se consideran afectados los inmuebles señalados en la Orden de 21 de febrero de 2022 de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, que incluye aquellos ubicados en el municipio de San Fernando de Henares, en el tramo del túnel entre las estaciones de Barrio del Puerto y Hospital del Henares.
4. Vigencia
- Aplicación retroactiva: Las bonificaciones son válidas desde la entrada en vigor de la Orden de 21 de febrero de 2022.
- Duración: Hasta cuatro años naturales posteriores a la notificación del Acuerdo u Orden que resuelva cada procedimiento de responsabilidad patrimonial.
- Devoluciones: En caso de haber satisfecho el impuesto antes de la entrada en vigor de esta disposición, los contribuyentes podrán solicitar la rectificación de la autoliquidación según el artículo 120.3 de la Ley General Tributaria.