Se aprueban los Presupuestos de Andalucía para 2025 con algunas modificaciones en el ámbito tributario
Las modificaciones de mayor interés se refieren al IRPF.
En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 30 de diciembre se ha publicado la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.
A continuación, exponemos las modificaciones de ámbito tributario.
Se mejora la deducción autonómica por inversión en vivienda habitual protegida y para personas jóvenes, aumentando el porcentaje de deducción del 5 al 6%. Esta medida tiene como objetivo reducir la carga fiscal para quienes compran o rehabilitan su vivienda habitual, incentivando así la adquisición y mejora de viviendas, especialmente entre jóvenes y quienes eligen viviendas protegidas, contribuyendo al desarrollo del parque inmobiliario en Andalucía.
Además, se incrementan los límites de deducción autonómica para cantidades invertidas en el alquiler de vivienda habitual. Los nuevos límites de deducción son los siguientes: para jóvenes menores de 35 años, mayores de 65 años, víctimas de violencia doméstica y víctimas del terrorismo, el límite pasa de 600 a 900 euros; para personas con discapacidad, el límite se eleva de 900 a 1.000 euros. Estas mejoras están diseñadas para aliviar financieramente a los colectivos más vulnerables y facilitar el acceso a la vivienda.
Finalmente, en el impuesto sobre el patrimonio, procede, de manera transitoria y solo aplicable mientras esté vigente el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, por un lado, dejar sin efecto la escala de gravamen autonómica establecida en el artículo 25 de esta ley, de modo que se aplique de manera supletoria la escala regulada por el artículo 30 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, y, por otro, suprimir la posibilidad de elección por el contribuyente entre dos bonificaciones, de forma que únicamente es aplicable la bonificación variable. Mediante estas medidas todos los contribuyentes andaluces del impuesto sobre el patrimonio afectados por el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, sin excepción, tributarán exclusivamente por aquel, sin que su cuota a ingresar se vea incrementada respecto de la que resultaría con el régimen actualmente vigente. De esta forma, la totalidad de la recaudación por el impuesto sobre el patrimonio permanece en la hacienda pública andaluza, dando así pleno cumplimiento al objetivo que perseguía la bonificación variable, a la par que se redunda en la simplificación administrativa de la gestión del impuesto sobre el patrimonio.
En relación con los tributos propios, se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2025 la bonificación temporal de la tasa por servicios administrativos y facultativos en materia de caza en Andalucía, establecida por primera vez en el Decreto Ley 2/2022, de 29 de marzo, para mitigar los efectos de la sequía y apoyar al sector agrario y pesquero, y posteriormente ampliada en las leyes de Presupuesto para los años 2023 y 2024. Esta medida busca fomentar el acceso a la caza, necesaria para el equilibrio poblacional y la conservación de hábitats.
En relación con la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar, para proporcionar mayor seguridad jurídica, se realizan varias modificaciones técnicas que afectan a la cuota trimestral reducida de 200 euros para las máquinas B.1 con apuesta limitada.
Y, se establece para el año 2025 el importe de las tasas de cuantía fija de la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante la aplicación de un coeficiente a las cantidades exigibles en 2024. Además, se establecen los coeficientes correctores de las tasas portuarias para el ejercicio 2025, que se mantienen respecto a los establecidos para el ejercicio 2024.