Aragón centra sus presupuestos de 2023 en mejorar sus reducciones en el ISD y rebajar el IRPF
El Boletín Oficial de Aragón ha publicado la Ley 8/2022, de 29 de diciembre que aprueba la Ley de Presupuestos de Aragón para 2023.
Desde el punto de vista tributario, podemos señalar las siguientes novedades.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Con efectos desde el 1 de enero de 2022, se modifica la escala autonómica reduciendo un 0,50% el tipo aplicable a las rentas inferiores a 60.000 euros y se suprime el tramo existente entre los 60.000 y 70.000, pasando a tributar todas las rentas entre 60.000 y 80.000 euros al mismo tipo del 23%. Los tipos establecidos para las rentas por encima de 80.000 euros no se han visto modificados.
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
Con efectos desde el 1 de enero de 2023, y con vigencia indefinida, se adoptan las siguientes medidas.
Se mejora la reducción por las adquisiciones mortis causa de empresa individual que anteriormente era del 50% hasta el 99% del valor neto y se suprime en consecuencia la mejora que anteriormente se incluía para las empresas de reducida dimensión.
Siguiendo el mismo principio, se mejora la reducción aplicable a las adquisiciones mortis causa que se destinen a la creación de empresas, pasando como en el caso anterior, de un 50% al 99%, manteniéndose los requisitos establecidos por la normativa anterior.
Respecto de las donaciones a favor del cónyuge y de los hijos, se amplía el límite para aplicar la reducción del 100% a estas donaciones hasta los 100.000 euros, frente a los 75.000 euros fijados anteriormente.
La reducción por la adquisición intervivos de participaciones mejora desde el 97% fijado anteriormente hasta el 99% fijado en la Ley de Presupuestos. Del mismo porcentaje será la reducción cuando los donatarios sean personas distintas del cónyuge o descendientes, que anteriormente gozaba de una reducción del 30%.
También se incrementa la reducción para las adquisiciones lucrativas inter vivos que se destinen a la creación de empresas, en términos similares a lo establecido para las adquisiciones mortis causa, pasando de un 30% hasta el 99% aplicable desde el 1 de enero.
Se amplía el limite para aplicar la reducción a las cantidades donadas a los hijos para la adquisición de vivienda habitual, pasando desde los 250.000 euros hasta los 300.000 euros.
OTROS
La Ley contiene otras medidas dentro del ámbito tributario especialmente centradas en impuestos medioambientales.