Proyecto de Orden de creación y modificación de diversos modelos de IVA: modelos 364, 365, 360 y 361
Se ha publicado en la página web de la AEAT el Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 364 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reembolso relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado” y el modelo 365 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reconocimiento previo de la exención relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado”, y se modifica la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, por la que se aprueban el formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, el contenido de la solicitud de devolución a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y el modelo 361 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido a determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, ni en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y se establecen, asimismo, las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, así como otra normativa tributaria.
La creación de los modelos 364 “IVA. Solicitud de reembolso relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado” y 365 “IVA. Solicitud de reconocimiento previo de la exención relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado”, tiene por finalidad modernizar y adaptar el sistema de presentación de las solicitudes indicadas a la situación de desarrollo tecnológico imperante en la actualidad así como continuar con el proceso de generalización de la obligación de presentación por vía electrónica de gran parte de los modelos de declaración.
La modificación de la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo –aprobación de los modelos 360 y 361-, viene motivada para adaptar su regulación a los cambios introducidos por la ley 28/2014 en el artículo 163 vicies – derecho a la deducción de las cuotas soportadas en el Régimen especial aplicable a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión, o de televisión y a los prestados por vía electrónica por empresarios o profesionales no establecidos en la Comunidad (régimen exterior a la Unión)- de la LIVA, que como recordarán si bien con una redacción diferente, se mantiene el sistema de deducciones vigente en el anterior régimen especial de servicios prestados por vía electrónica, haciéndose referencia ahora que, en el caso de empresarios o profesionales establecidos en las Islas Canarias, Ceuta o melilla, el procedimiento para el ejercicio del derecho a la devolución de las cuotas del IVA será el previsto en el artículo 119 de la Ley.
Por último, también se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre –presentación de declaraciones por vía electrónica-, para extender con carácter general la obligatoriedad de presentar electrónicamente utilizando un sistema de identificación y autenticación basado en certificado electrónico de las Grandes Empresas a la documentación, solicitudes o manifestaciones de opciones que no figuran en los propios modelos o formularios de declaración o autoliquidación y documentación con trascendencia tributaria relativa a procedimientos tributarios gestionados por la Agencia Tributaria a través del Registro Electrónico de la misma.
Fuente: AEAT (18/01/2016)